Las obligaciones y derechos de los Bancos en una Carta de Crédito

En una operación de compraventa internacional donde el pago se realizara bajo una carta de crédito, los Banco no solamente actuaran como intermedios sino que adquieren obligaciones y derechos


En una operación de compraventa internacional donde el pago se realizara bajo una carta de crédito, los Banco no solamente actuaran como intermedios sino que adquieren obligaciones y derechos en la operación comercial. Antes de explicar ello, primero, un breve repaso sobre las parte que intervienen en una carta de crédito. 

Ordenante: Es aquella persona natural o jurídica, que participa como comprador (importador) en el contrato de compraventa y ordena a su Banco a abrir la Carta de Crédito en favor del exportador.

Beneficiario: Es la persona natural o jurídica (exportador) a favor de quien se emite la carta de crédito. Tiene derecho de exigir el pago una vez cumplido los términos y/o condiciones establecidas en la misma.

Banco Emisor: Es el Banco que efectúa la apertura de la carta de crédito a favor del Beneficiario, siguiendo las instrucciones del ordenante. El Banco Emisor avisa de la Carta de Crédito al Beneficiario por intermedio de otro Banco establecido en el domicilio o residencia del Beneficiario de la Carta de Crédito. Este último Banco se denomina "Banco Notificador”. 

Banco Notificador: Es un Banco del domicilio o residencia del Beneficiario de la Carta de Crédito que ha recibido el aviso de apertura de la misma, cumple con la notificación. El Banco Notificador recibe los documentos de embarque para examinarlos y procede al pago (en este caso, se nomina como Banco Pagador) o a solicitar la autorización para tal efecto.

Ahora, pasamos a explicar las obligaciones y derechos de los Bancos en una Carta de Crédito, según su relación con el comprador (Ordenante) y vendedor (Beneficiario).

Relaciones entre el Banco y el Ordenante

Desde el momento en que se perfecciona entre el Ordenante y el Banco el contrato de apertura de crédito nacen derechos y obligaciones para ambas partes. El Banco debe:

Abrir un crédito en favor del Ordenante. El Banco no da crédito al Beneficiario sino al Ordenante, ya que se obliga a pagar al primero el monto del pago sin que el Ordenante, por regla general, haya provisto los fondos.

Comunicar al Beneficiario de la apertura del crédito. De no hacerlo se ocasionarían perjuicios al Ordenante al quedar éste como responsable de los daños que el incumplimiento provocaría al Beneficiario.

Negociación de los documentos señalados por el Ordenante. Estos documentos son la constancia de que, por intermedio del Banco, el Ordenante cumplió las obligaciones que tenía con el Beneficiario nacidas del contrato de compraventa internacional. Estos documentos facultan al Ordenante de la carta de crédito, retirar las mercaderías del puerto de consignación y disponer de ellas. Para el Banco los documentos constituyen una garantía que tiene frente al Ordenante en caso que éste no cancele el total o parte del crédito abierto.

Verificar la regularidad y conformidad de los documentos. Como ya se sabe, los documentos presentados por el Beneficiario del pago deben conformarse a las instrucciones dadas por el Ordenante al Banco.Caso contrario, el Banco tiene el deber jurídico de rehusarlos cuando no se conformen dichos documentos. Es decir, el pago al beneficiado está sujeto a la condición de conformidad en los documentos (esto es una garantía para el Ordenante).


Enviar al Ordenante los documentos de embarque. El Banco jamás garantiza al Ordenante la calidad, cantidad o naturaleza de las mercaderías. Las obligaciones del Banco frente al Ordenante son totalmente autónomas e independientes de las relaciones entre el Ordenante y el Beneficiario.

En tanto que, la obligación principal del Ordenante es pagar el monto del crédito abierto en la forma y condiciones aceptadas por el Banco. Cumplida esta obligación tendrá derecho a que el Banco le entregue los documentos recibidos del Beneficiario.

Relaciones entre el Banco y el Beneficiario

El Banco debe enviar el original de la carta de crédito al Beneficiario, sea directamente o por intermedio de un corresponsal suyo. Si el Banco corresponsal confirma la carta de crédito, comprometiéndose por tanto él con el Beneficiario, expedirá un nueva carta de crédito transcribiendo las mismas condiciones y conservara el original como título contra el Banco Ordenante para obtener el reembolso de lo pagado.

A su vez, el Beneficiario tiene derecho a exigir del Banco emisor o confirmador según el caso, el pago del valor de los documentos, siempre y cuando éstos sean encontrados conformes.

COMMENTS

Nombre

5 fuerzas de Porter,1,Acamar Aduanas,1,Acceso al Mercado,95,Acuerdos de Libre Comercio,1,Adrián José Navarro Loyo,9,Aduanas & Trámites Documentarios,107,África,21,África del Norte,10,África del Oeste,5,África del Sur,1,Agencia de Aduana,1,Agencia de Aduanas,1,Agencia de Carga,1,Agente Comercial,1,Alemania,11,Alexander Rosado Serrano,5,América,88,América del Norte,32,Análisis y Opinión,248,Andrea Perunetti,6,Angel Amutio,5,Angélica Herrera,14,Angola,1,Anna Aleinikova,8,Antonio Paraiso,15,Arabia Saudita,9,Aranceles,1,Arbitraje Internacional,9,Argelia,6,Argentina,2,Arturo Muttoni Deambrosis,1,ASEAN,1,Asia,130,Asia Central,3,Asia Oriental,41,Australia,6,Bahréin,1,Balanza Comercial,1,Bancos,1,Barreras No Arancelarias,1,Bélgica,1,Bielorrusia,1,Bill of Lading,1,Bolivia,3,Borja Medín Suárez,3,Brasil,11,Bruneí,1,Cadena de Abastecimiento,2,Cadena de suministro,1,Canadá,7,Carta de Crédito,4,Centroamérica y El Caribe,5,Certificación Internacional,6,Chile,7,China,22,Cobranza Documentaría,1,Colombia,3,Comercio y Negocios Internacionales,221,Conciencia Cultural,18,Confecciones,1,Consultoría,34,Contenedor,2,Contenedores,1,Contenido Patrocinado,2,Contratación Internacional,76,Contratos con Intermediarios,12,Contratos de Compraventa,24,Corea del Norte,1,Corea del Sur,4,Crédito Comercial,2,Croacia,1,Daniel Manzano Mira,8,Daniel Yupanqui Carbajal,7,Darinel Herrera,31,Datatrade,1,Decoración del Hogar,2,Design Thinking,1,Diario del Exportador,266,Dinamarca,1,Dirección y Emprendimiento,106,Distribución Física Internacional,84,Distribuidor,2,Documento de Transporte,15,Documentos de Comercio Exterior,12,Dumping,2,Ecuador,3,Edgar Javier Fernandez Custodio,6,EFTA,2,Embajadas,1,Embajador,1,Emiratos Árabes Unidos,27,Emmanuel Guzmán A.,8,Empresas,3,Empresas Exportadoras,2,ENLIGHTEN BIB,1,Entrevistas,9,Envase y Embalaje,29,Erick Paulet Monteagudo,9,Escenario Internacional,146,España,5,Estadísticas,50,Estados Unidos,17,Estonia,1,Estudios de Mercado,7,Europa,67,Europa Central,10,Europa del Este,9,Eventos Internacionales,63,Expatriados,1,Expertos,35,Exportación,428,Exportación de Servicios,2,Felipe Génova,6,Ferias,11,Fiestas Navideñas,1,Filipinas,4,Financiamiento,31,Finanzas Internacionales,147,Finlandia,1,Fiscalidad,1,Formas de Pago,1,Formas y Medios de Pago,89,Forward,4,Francia,6,Francisco-Ramon Zúñiga,17,Fuentes de Información,42,Ghana,1,Globalización,1,grand slam,1,Gregorio Cristóbal Carle,22,Guatemala,1,Guinea Ecuatorial,1,Hablemos Exportador,10,Hernán Vitale,5,Herramientas para la Internacionalización,46,Hilados de Lana o Pelo Fino,1,Historias,6,Hong Kong,2,Ilonka Acosta Coiscou,5,Importación,24,Importación & Gestión de Compras,33,Incoterms,114,Incoterms 2020,27,India,5,Indonesia,3,Infografías,34,Innovación,2,Instrumentos de Política Comercial,1,Integración Económica Internacional,1,Inteligencia Competitiva,2,Inteligencia de Mercados,172,Internacionalización,423,Internacionalización & Exportación,504,Investigación de Mercados,79,Irlanda,1,Islandia,1,Italia,4,Japón,15,Javier Alfredo Belandria Sánchez,49,Jordania,2,José Dueñas,41,José Luis Valencia Montano,9,Jose Ramon Gonzalvez,11,Juan Carlo Muñoz Fiore,7,Juan Rubén García,1,Kazajistán,1,Kuwait,1,Legislación del Comercio Internacional,117,Liderazgo Estratégico,2,Logística,6,Logística & Transporte,282,Lourdes Ortecho,11,Mailorth Loría Martínez,4,Malasia,5,Manuel David Martín Rodríguez,14,Manuel Franco,15,Marca País,1,Marcelo Mortola,1,Marcos De Freitas,53,María del Carmen Montolio Bravo,3,Maria Isabel Osterloh Mejía,6,Mariceli Quiroz,2,Marketing,20,Marketing & Gestión Comercial,339,Marketing Digital,36,Marketing Mix,77,Marruecos,3,Mayron Wilbert Ponce De Leon Sierra,9,Medio Oriente,51,Medios de Pago,12,Mercados Emergentes,1,Mercancías Peligrosas,2,México,9,Micaela Tenaguillo,1,Modos de Entrada a los Mercados Internacionales,63,Mozambique,1,Muestras,1,Navidad,1,Negociación Internacional,92,Nicola Minervini,65,Nigeria,1,Nora Pérez Barrio,14,Normas de Origen,2,Noruega,1,Nueva Zelanda,1,Observatorio,8,Oceanía,8,OEA,2,Omán,3,Onboarding,1,Operadores de Comercio Exterior,11,Operadores Logísticos,26,Organizaciones Internacionales,5,Países Bajos,2,Países nórdicos,1,Palets,1,Panamá,3,Paraguay,1,Perú,9,Polonia,2,Prácticas de negocio,152,Prendas de Vestir,1,Productos Pesqueros,2,Promoción,1,Propiedad Intelectual,21,Publicaciones,16,Publicidad,1,Qatar,3,rafa nadal,1,Regímenes Aduaneros,32,Reino Unido,7,República Dominicana,1,Revista,10,Riesgos en el Comercio Internacional,4,Roland Garros 2022,1,Ruben Bermudez,5,Rumania,1,Rusia,5,Segmentación,1,Seguros,1,Singapur,6,Speakers,34,Sudamérica,43,Sudeste Asíatico,26,Suecia,1,Suiza,2,Tailandia,4,Tendencias de Consumo,1,Textiles para el Hogar,3,Tipo de cambio,1,Tipos de Carga,1,torneo de wimbledon,1,Trámites de Exportación,12,Trámites de Importación,17,Transporte,2,Transporte Aéreo,1,Transporte Internacional,118,Transporte Martítimo,3,Tratados de Libre Comercio,18,Tributación,1,Turquía,9,Unión Europea,39,Universidad,1,Uruguay,4,Valor en aduanas,1,Venezuela,1,viajes,1,Viajes de negocios,2,víc,1,Víctor Mondragón,1987,Video,21,Vietnam,1,Walter Gudiño,1,Webs y Medios,40,wimbledon 2022,1,World Expos,1,Yorleny Jiménez Rojas,17,
ltr
item
DIARIO DEL EXPORTADOR: Las obligaciones y derechos de los Bancos en una Carta de Crédito
Las obligaciones y derechos de los Bancos en una Carta de Crédito
En una operación de compraventa internacional donde el pago se realizara bajo una carta de crédito, los Banco no solamente actuaran como intermedios sino que adquieren obligaciones y derechos
https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgbZEUuB889TQivXWyCtynTz1FymWkn9DvmcFGXNx7DYItSaL5oDR_Z9c0rWZL2GqZQecVd6Vt2IFNymR9tN9I7T_-dn9V7kisdh-1AWb9VFB-6tcgaw1ZwFcfVB2Tcu06nVTAJKu-SY4c/s1600/Las+obligaciones+y+derechos+de+los+Bancos+en+una+Carta+de+Cr%25C3%25A9dito.jpg
https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgbZEUuB889TQivXWyCtynTz1FymWkn9DvmcFGXNx7DYItSaL5oDR_Z9c0rWZL2GqZQecVd6Vt2IFNymR9tN9I7T_-dn9V7kisdh-1AWb9VFB-6tcgaw1ZwFcfVB2Tcu06nVTAJKu-SY4c/s72-c/Las+obligaciones+y+derechos+de+los+Bancos+en+una+Carta+de+Cr%25C3%25A9dito.jpg
DIARIO DEL EXPORTADOR
https://www.diariodelexportador.com/2017/10/las-obligaciones-y-derechos-de-los.html
https://www.diariodelexportador.com/
https://www.diariodelexportador.com/
https://www.diariodelexportador.com/2017/10/las-obligaciones-y-derechos-de-los.html
true
7395201617033218037
UTF-8
Loaded All Posts Not found any posts VER TODO SIGUE LEYENDO Reply Cancel reply Delete By Portada PAGES POSTS Ver todo RECOMENDADOS SECCIÓN ARCHIVE SEARCH ALL POSTS Not found any post match with your request REGRESAR Sunday Monday Tuesday Wednesday Thursday Friday Saturday Sun Mon Tue Wed Thu Fri Sat January February March April May June July August September October November December Jan Feb Mar Apr May Jun Jul Aug Sep Oct Nov Dec just now 1 minute ago $$1$$ minutes ago 1 hour ago $$1$$ hours ago Yesterday $$1$$ days ago $$1$$ weeks ago more than 5 weeks ago Followers Follow ESTE CONTENIDO ESTÁ BLOQUEADO PASO 1: Compartir en una Red Social PASO 2: Ingrese al enlace públicado en su Red Social Copy All Code Select All Code All codes were copied to your clipboard Can not copy the codes / texts, please press [CTRL]+[C] (or CMD+C with Mac) to copy Table of Content