La carta de crédito stand-by funciona como una garantía frente al posible impago de un importador.

La Cámara de Comercio Internacional (CCI) regula la carta de crédito stand-by en dos de sus publicaciones : las UCP 600 (con carácter general) y , más concretamente, las UCP 590 (1998) “International Stand By Practices”.
La gran diferencia operativa entre la carta de crédito stand-by y las carta de crédito normales es que en la carta de crédito normales hay que presentar la documentación al banco como condición necesaria para cobrar la exportación y en la carta de crédito stand-by sólo hay que presentar la documentación al banco para cobrar si el importador ha dejado de pagar en el plazo previsto.
Las principales ventajas de la carta de crédito stand-by frente a los avales ordinarios y a la carta de crédito normales son las siguientes:
1. La carta de crédito stand-by resultan menos complejos operativamente para el exportador que las cartas de crédito normales, ya que el exportador sólo debe presentar la documentación exigida en la carta de crédito en caso de impago del comprador.
2. En relación a los avales ordinarios, en los la carta de crédito (sean stand-by o normales) hay una absoluta desvinculación entre ellos y la operación comercial que amparan. Así pues, mientras que una disputa comercial sobre el cumplimiento o incumplimiento de alguna de las partes puede contaminar la garantía que representan los avales ordinarios, la carta de crédito stand-by no se ven afectados de ningún modo, y ante el impagado, el exportador presenta los documentos estipulados al banco y éste (si los documentos son formalmente conformes) debe pagar.
3. La carta de crédito stand-by se emiten bajo la regulación internacional de la CCI, mientras que los avales ordinarios están sometidos a la legislación de los países de los bancos que avalan las operaciones. En otras palabras, la ejecución de un aval ordinario prestado por un banco X de un país X puede presentar dificultades; dificultades que nunca se dan en la ejecución de la carta de crédito stand-by.
El principal inconveniente de la carta de crédito stand-by es que puede no haber banco avisador, y por tanto el crédito puede recibirlo el exportador directamente del banco del importador (banco emisor). Así pues, el exportador (beneficiario de la carta de crédito) debe comprobar que el banco emisor del crédito sea un banco de reconocida solvencia internacional; y que la carta de crédito recibido haya sido emitido realmente por el Banco que dice haberlo emitido.
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