Exportar es vender a otro país. Sin embargo, no es una tarea fácil pero tampoco es algo extremadamente difícil de lograr

Exportar, es una decisión que enfrenta a diario muchos empresarios y emprendedores, buscando en esta forma de internacionalización, expandirse a mercados internacionales de una manera simple, económica y segura, con el objetivo de generar una mayor rentabilidad para su negocio.
Dicho lo anterior, si usted ha decidido iniciarse en la exportación y ya cuenta con un producto y mercado definido. Primero, la empresa debe estar constituida como persona natural o jurídica y número de RUC, además, es necesario que se especifique en la ficha RUC de la SUNAT, en el acápite de actividad de Comercio Exterior “Exportador – Importador - Comercializador”.
Ahora que está constituida la empresa, ¿Qué hacer para poder exportar? Uds. puede consultar en Promperú, a través de la asesoría se podrá verificar si el producto cuenta con las característica para acceder a mercados internacionales.
Luego, de establecer el mercado objetivo Uds. inicia los contactos previos con sus posibles compradores enviándole cotizaciones, catálogos, ficha técnica y ha firmado un contrato de compraventa internacional.
Ahora, para dar inicio a nuestra operación de exportación debemos tener en cuenta, si el monto es superior a US$ 5’000 tendrá que contactarse con una Agencia de Aduana para realizar los trámites de exportación. La agencia cobra una comisión por este servicio.
Contratada la agencia de aduana, usted deberá prepara los documentos de exportación dependiendo del producto para ser entregado a la agencia de aduana, entre los documentos tenemos la factura comercial, documentos de embarque, certificado de origen, certificado de calidad, y otros documentos que la naturaleza del régimen o mercancía requiera, conforme a las disposiciones específicas de la materia.
El agente de aduana recibe los documentos de exportación, y realiza el proceso aduanero mediante la solicitud de la numeración de la declaración Aduanera de Mercancías (DAM). A partir de la numeración de la DAM, usted tiene un plazo de 30 días calendarios para realizar el embarque de su mercancía.
Preparada la mercancía, esta es trasladada desde nuestra fábrica o almacén hacia un depósito temporal autorizado por SUNAT. Pronto, al ingreso de la mercancía, el almacén aduanero o agente de aduana tramita la información de la recepción de bultos asociada a la DAM y luego SUNAT asigna canal de control. Existen dos canales en la exportación: naranja (revisión documentaria) y rojo (revisión física y documentaria). De esta manera la autoridad aduanera valida la información, y la administración aduanera autoriza el embarque de las mercancías.
Por último, la Agencia de Aduanas le entrega los documentos de embarque para que a su vez Uds. presente a su banco si se cuenta con carta de crédito y envié vía Courier al importador. El banco recibe los documentos y de estar conforme se procede al desembolso en la cuenta de vuestra empresa.
Si requieres información sobre cómo iniciarte en la actividad exportadora, consulta a través del siguiente formulario online. También puedes comunicarte escribiéndome a martinmondragon@outlook.com con asunto asesoria de exportación.
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