
Esto quiere decir que el fabricante, en lugar de vender los productos con su marca propia, fabrica para la marca de su cliente. Esto se ha difundido ampliamente en el sector textil y confecciones, donde Nettalco, Textimax, Diseño y Color, Topy Top, y otros, fabrican prendas para Lacoste, Nike, Adidas, County Seat, Reebock, Sprit, etc. De los 1750 millones de dólares de exportación del Perú en ese sector, la gran mayoría corresponde a producciones bajo licencias de marca.
Obligaciones del licenciante:
- Autorizar el uso de la marca, sea o no de carácter exclusivo.
- Mantener en pleno vigor y efecto el registro de la marca, así como solicitar la renovación de dicho registro y anotar ante la oficina de propiedad intelectual, todos los cambios que la afecten.
- Entablar las acciones correspondientes contra los terceros que violen el derecho sobre la marca licenciada.
- Ejercer un estricto y eficaz control de la calidad.
Obligaciones del licenciatario:
- Cumplir estrictamente las medidas de control de calidad establecidas por el licenciante.
- Informar oportunamente al licenciante sobre posibles infracciones al derecho de uso de marca.
- Mantener e incrementar el “goodwill” de la marca licenciada.
- Cumplir con el pago de la contraprestación exigida por el licenciante.
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