A la hora de gestionar nuestras ventas en el exterior, es indispensable desde un principio que el exportador investigue sobre los medios de pagos que le permitan asegurar el cobro de sus mercancías, las cuales debemos gestionar de una forma que sea, sobre todo, segura, tanto para nosotros como para nuestros compradores

En este sentido, existen una variedad de medios de pago que nos servirán para definir cómo serán nuestras relaciones comerciales en el extranjero, poniendo de antemano términos y condiciones para evitar discrepancias que pueden poner en juego nuestro negocio y quebrar la relación con el cliente. Los medios de pago se pueden dividir en: medios de pago simple (no documentarios) y medios de pago documentarios.

Los medios de pagos simples son aquellos en los que sólo existe movimiento de fondos entre comprador y vendedor, y los documentos asociados a la operación comercial no están ligados a la forma de liquidación. El importador realiza el pago directamente al exportador o utiliza una entidad para que efectúe el pago.
Los medios de pago simples más habituales son: Billetes, Cheque personal o bancario y Transferencia Internacional.
Los medios de pago documentales son aquellos en los que el movimiento de fondos va ligado al intercambio de documentos comerciales y/o financieros que dan la posesión de la mercancía. Es decir, se relaciona el pago-cobro de las mercancías con la entrega de los documentos comerciales representativos de la misma.
Los medios de pago documentarios más habituales son la cobranza documentaria y la carta de crédito.


En general, los medios de pago documentarios son costosos y menos ágiles que los medios de pago simples, pero más seguros. Por ello se recomienda su uso, y más aún si es sus primeras exportaciones. A continuación explico la cobranza documentaria y la carta de crédito.

La COBRANZA DOCUMENTARIA permite que la empresa al exportar, entregue los documentos representativos de mercaderías o servicios al banco en cuestión, para que sean enviados y entregados a través de su red de corresponsales al comprador y/o banco del exterior, contra el pago, la aceptación de una letra o la presentación de un pagaré. Entre ellos, los beneficios logrados son: seguridad y garantía en el manejo de los documentos. El importe de la cobranza es cobrado por el banco del exportador, puede ser utilizada como instrumento de garantía en caso de ser una cobranza avalada por el banco del importador y favorece el desarrollo de operaciones comerciales a nivel internacional.

Y en la CARTA DE CRÉDITO un banco extranjero se compromete a pagar, a la vista o plazo, a su empresa un importe determinado, siempre y cuando se cumpla con los términos y/o condiciones señalados y exigidos en la Carta de Crédito. Con ello, se unifica criterios e interpretaciones al regirse por leyes internacionales. Se garantiza el pago de la venta de mercancías, se da la oportunidad en el cobro de acuerdo a las condiciones estipuladas en la carta de crédito; puede ser utilizada como instrumento de garantía para financiamiento y favorece el desarrollo comercial de su empresa a nivel internacional.

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