Los términos Incoterms “E”, “F”, “C” y “D”

Para facilitar el aprendizaje de los once términos Incoterms los explicaremos en cuatro grupos "E", "F", "C" y "D"


La palabra “INCOTERMS” se refiere a un conjunto de términos establecidos por la Cámara de Comercio Internacional, que establecen las definiciones claras y precisas respecto de las obligaciones del comprador (importador) y del vendedor (exportador) en un contrato de compraventa internacional de mercaderías, principalmente relacionadas con la entrega de la mercadería, la transferencia de los riesgos, la distribución de los gastos y trámites aduaneros.

Los términos Incoterms fueron establecidos por primera vez en el año 1936. Posteriormente, fueron modificados en siete oportunidades, siendo la última versión Incoterms 2010. Existen once términos Incoterms en la actual versión, que se van desarrollando desde la denominación EXW (Ex Works) hasta la denominación DDP (Delivered Duty Paid). En la primera, la entrega de la mercadería se efectúa en el establecimiento del vendedor, recayendo en el comprador las responsabilidades para obtener licencia de exportación en el país de origen, contratar el seguro y el transporte marítimo. En la última, en cambio, la entrega se efectúa por el vendedor al comprador en el lugar de destino en un medio de transporte, sin descargar, debiendo contratar el transporte internacional y obteniendo las licencias de importación y exportación en el país de destino. De esta manera, el término EXW representa la mínima obligación para el vendedor, en tanto que DDP representa la máxima obligación.

Para facilitar el aprendizaje de los once (11) términos Incoterms los explicaremos en cuatro grupos  "E", "F", "C" y "D" (clasificación utilizada en la versión 2000). 

Grupo “E”

La obligación del vendedor está reducida al mínimo: poner la mercadería a disposición del comprador en su establecimiento, siendo de cargo y responsabilidad del comprador todos los trámites de la exportación e importación. En consecuencia, la mercadería viajará a cargo y riesgo del comprador desde el momento en que ella quede a su disposición.

El término que compone este grupo es el representado por las siglas:

EXW - Ex Works (En Fábrica): El vendedor tiene que colocar la mercadería a disposición de tu comprador en un punto ubicado dentro de tus propias instalaciones. Este Incoterms puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal.

Grupo “F”

Compuesto por tres términos en los cuales el vendedor no asume ni los riesgos ni los gastos del transporte principal, entendiendo por tal el transporte desde el lugar de entrega convenido hasta el lugar de destino, y cumple con sus obligaciones al poner la mercadería a disposición del transportista designado por el comprador, debidamente desaduanada para su exportación. En estos términos, desde que la mercadería es puesta a disposición del transportista, queda a cargo y riesgo del comprador. 

Los términos que integran este grupo son los siguientes:

FCA - Free Carrier (Libre Transportista): El vendedor entrega la mercadería al transportista designado por el comprador en el punto convenido. Este Incoterms puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal.

FAS - Free Alongside Ship (Libre al Costado del Buque): El vendedor entrega la mercadería, colocándola al costado del buque o sobre el muelle en el puerto de embarque designado por el comprador. Este Incoterms sólo puede usarse para transporte marítimo, fluvial o lacustre.

FOB - Free On Board (Libre A Bordo): El vendedor entrega las mercaderías a bordo del buque en el puerto convenido. Este Incoterms sólo puede usarse para transporte marítimo, fluvial o lacustre.

Grupo “C”

Obliga al vendedor a enviar la mercadería al comprador asumiendo los gastos de transporte principal desde el punto de carga acordado hasta el lugar de destino convenido, pero sin asumir riegos ni otros gastos que puedan originarse después de haber cargado o remitido la mercadería. Esto significa que el vendedor cumple con todas sus obligaciones de entrega de la mercadería, desaduanada para la exportación, en el país de embarque o despacho.

Los términos que integran este grupo son:

CFR - Cost and Freight (Costo y Flete): El vendedor contrata el buque, paga los gastos y el flete para hacer llegar las mercaderías al puerto de destino convenido. Este Incoterms sólo puede usarse para transporte marítimo, fluvial o lacustre.

CIF - Cost Insurance and Freight (Costo, Seguro y Flete): Las obligaciones del vendedor son las mismas que en el término Incoterms CFR, pero además debe contratar un seguro con cobertura mínima a nombre del comprador para cubrir la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte. Este Incoterms sólo puede usarse para transporte marítimo, fluvial o lacustre.


CPT - Carriage Paid To (Transporte Pagado Hasta): El vendedor paga el flete de las mercaderías hasta el destino convenido. No obstante, los riesgos de pérdida y daño pasan a tu comprador desde el momento en que la mercadería es entregada a la custodia del transportista. Este Incoterms puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal. 

CIP - Carriage and Insurance Paid To (Transporte y Seguro Pagado Hasta): Tienes las mismas obligaciones que bajo el término Incoterms CPT, pero además debe contratar un seguro con cobertura mínima a nombre del comprador para cubrir la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte. Este Incoterms puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal.

Grupo “D”

Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega de la mercancía cuando ella ha llegado al lugar de destino convenido, asumiendo todos los riesgos y gastos del transporte principal. 

Está integrado por los siguientes tres términos:

DAT - Delivered At Terminal (Entregado en el Terminal): El vendedor pone la mercadería a disposición de tu comprador sobre el terminal del destino convenido. Este Incoterms puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal.

DAP - Delivered At Place (Entregado en Lugar): El vendedor es responsable de todos los riesgos y gastos, a excepción de los de importación, hasta que la mercadería se ponga a disposición del comprador en un vehículo listo para ser descargado en punto acordado en destino. Este Incoterms puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal.

DDP - Delivered Duty Paid (Destino Determinado con Tributos Pagados): Tienes las mismas obligaciones que bajo el término Incoterms DAP, pero además pagas los derechos de la importación de la mercadería. Este Incoterms puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal.

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