La Destinación Aduanera es la manifestación escrita del declarante expresado mediante la declaración aduanera de mercancías, con la cual se indica el régimen aduanero al que debe ser sometida la mercancía, con motivo de su introducción o salida legal a o desde el territorio nacional o aduanero del país.
Declarante. Persona que suscribe y presenta una declaración aduanera de mercancías en nombre propio o en nombre de otro, de acuerdo a legislación nacional. Por lo general, es el despachador de aduana, por mandato del importador o exportador.
En cuanto al fin que se persiga con la mercancía, las podemos clasificar en dos grupos con sus variantes: Definitivos y Temporales.

1. Definitivos

Son aquellas Destinaciones Aduaneras, una vez cumplida su tramitación legal, no quedan sujetas o afectas a una segunda destinación.

Importación
Ingreso legal al territorio nacional de mercancía extranjera para su uso o consumo en el país.

Exportación
Salida legal de mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo en el exterior.

Reexportación
Retorno al extranjero de mercancías ingresadas legalmente al territorio nacional sin que se haya consumado legalmente su importación.

Reimportación
Retorno al territorio nacional de mercancías nacionales o nacionalizadas.

Tránsito internacional
Es el paso de mercancías extranjeras a través del país cuando éste forma parte de un trayecto total comenzado en el extranjero y que debe ser terminado fuera de sus fronteras.

2. Temporales

Son aquellas destinaciones cuya característica principal es la de tener que cambiar siempre a otra destinación, aun cuando su tramitación haya sido terminada, ya sea a una definitiva u otra provisoria.

Depósito Aduanero
Recinto de depósito perfectamente deslindado e individualizado en el documento de destinación, donde las mercancías extranjeras permanecen bajo potestad aduanera, sin pagar los derechos e impuestos que causen en su importación. 

Admisión temporal
Ingreso al territorio nacional o al resto del país de ciertas mercancías provenientes del extranjero o de zonas de tratamiento aduanero especial, con un fin determinado y para ser importadas, reexportadas o devueltas a su lugar de origen dentro de un plazo establecido. 

Exportación Temporal
Salida al extranjero de mercancías nacionales o nacionalizadas con un fin determinado y para ser exportadas o reimportadas dentro de un plazo establecido.

Redestinación
Envío de mercancías extranjeras desde una Aduana a otra del país, para los fines de su importación inmediata o para la continuación de su almacenamiento.

Trasbordo
Traslado directo o indirecto de mercancías, de un vehículo a otro, o al mismo en diverso viaje, incluso su descarga a tierra con el mismo fin de continuar a su destino, y aunque transcurra cierto plazo entre su llegada y su salida.

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