Los mercados internacionales, son mercados complejos con riesgos importantes y diversos que pueden hacer que nuestras inversiones, nuestro tiempo y nuestro dinero se pueda perder con una extraordinaria rapidez, de ahí la importancia que adquieren los contratos internacionales como herramienta de preservación patrimonial de nuestras empresas o nuestros patrimonios.

En primer lugar, definiremos el contrato internacional como aquel acuerdo de voluntad pactado entre dos o más partes, con domicilios o residencias en estados distintos. Este acuerdo crea, modifica y extingue las relaciones jurídicas de naturaleza económico- patrimonial, con ánimo de lucro y habitualidad entre las partes, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas.

Según este acuerdo, un vendedor de un determinado país se obliga a entregar y garantizar a un comprador extranjero ciertos productos, bienes o servicios, remitiéndolos en la forma, lugar y fecha pactados, y bajo precio cierto o determinable, todo ello de acuerdo con la legislación expresamente pactada o en su defecto, según las normas del derecho internacional.

El contrato existirá desde el momento en que una o varias personas consienten en obligarse una con respecto de otra, o a dar alguna cosa o prestar algún servicio, por lo tanto, en un contrato internacional deberá de existir:

1. Bilateralidad, puesto que el contrato se establece entre al menos dos partes.

2. Mutuo acuerdo; si no existe el mismo no es posible la formalización de ningún tipo de contrato.

3. Carácter oneroso; los contratos suponen de facto una contraprestación.

4. Carácter conmutativo; dentro de un contrato se devengarán derechos para ambas partes basándose en la reciprocidad. Lo mismo ocurrirá con las obligaciones del vendedor a entregar la cosa y del comprador a pagar por ella el precio que se haya establecido en el contrato.

5. Deberá de ser traslativo del dominio; en los contratos internacionales, por regla general se especifica la transferencia de la mercancía, bien o servicios del vendedor al comprador.

Modelos Contratos Internacionales

Muchas empresas se encuentran en algún momento con la necesidad de redactar un contrato que garantice jurídicamente la relación comercial que está desarrollando o que va a comenzar con una empresa extranjera.

Para adaptarse a las necesidades y requerimientos específicos de su situación particular, comparto los Modelos de Contratos Internacionales que brindan las Cámaras de Comercio de España.

Modelos de contrato: Compraventa Internacional

ACUERDO DE SECRETO: Modelo
CARTA DE INTENCIONES: Modelo
COMPRAVENTA DE BIENES DE CONSUMO: Modelo
COMPRAVENTA DE BIENES DE EQUIPO: Modelo
COMPRAVENTA DE MERCANCÍAS PERECEDERAS: Modelo
COMPRAVENTA INTERNACIONAL: Modelo

Modelos de contrato: Intermediarios

AGENCIA INTERNACIONAL: Modelo
DISTRIBUCIÓN EXCLUSIVA: Modelo
PIGGY BACK: Modelo
REPRESENTACIÓN COMERCIAL: Modelo

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