Los contratos internacionales pueden estar reflejados tanto por escrito como verbales, pero es necesario que se identifiquen los siguientes elemento
Las relaciones comerciales se recomiendan que sean plasmadas por escrito, aunque las condiciones del intercambio comercial puedan haber sido acordadas previamente por teléfono, en ferias, en entrevistas personales etc. deberemos de reflejarlas con posterioridad por escrito y comunicarlas a la otra parte. Este documento será el que en caso de discrepancia entre las partes nos permitirá exigir las condiciones que se pactaron.
En el momento de redactar este documento contaremos con dos posibilidades:
Redacción de un contrato comercial internacional; es recomendable firmarlo en el momento en el que se establecen las primeras relaciones comerciales, una vez redactado y firmado por las partes será la expresión formal de manifestación del consentimiento de las partes y por lo tanto las mismas estarán obligadas por el mismo.
Aceptar una oferta comercial; en el momento en el que es aceptada una oferta comercial por nuestra parte o por parte de nuestros clientes, estaremos aceptando o dando consentimiento a lo que en la misma figura. La aceptación de la oferta comercial será la forma más básica de mostrar consentimiento. En algunos países la aceptación de la oferta tiene la misma validez de un contrato, por lo tanto, la misma deberá de ser redactada de forma correcta y conteniendo todos los elementos que pensemos son necesarios para la conveniencia de nuestros intereses.
La oferta deberá de ser:
- Clara y completa.
- Sin formalismos innecesarios.
- Que refleje la intención de las partes en obligarse.
- Firme y definitiva sin reservas, salvo excepciones.
- Plazo de validez. De otro modo, la validez fijada será indefinida e infinita.
- La aceptación a la misma deberá ser: clara y concisa.
- Si la respuesta a la oferta contiene alteraciones sustanciales significará el rechazo a la misma.
- Declaración inequívoca que indique la aceptación de la oferta.
¿Cuáles son los elementos esenciales de un contrato?
Los Contratos pueden estar estructurados de muchas formas, sin embargo, se debe cuidar que cumplan con los elementos esenciales para lograr la validez legal de los acuerdos pactados.
Lugar, fecha y duración del contrato
Todos los contratos internacionales deberán de ir fechados en el lugar donde se emita o donde se firme y con una fecha de duración del mismo. En caso contrario, el contrato podría ser considerado como de duración infinita lo cual sería totalmente erróneo.
Vendedor y comprador
Los mismos deberán de reflejarse de forma clara y sin elementos que puedan perturbar su personalidad individual o jurídica. Los datos fiscales tanto de vendedor
como del comprador deberán de reflejarse también con claridad y arreglo a los formatos de cada uno de los países que intervienen.
Es muy importante verificar que la persona que firma el contrato tiene la potestad para poderlo hacer. Si estamos firmando con una persona física deberá de acreditar mediante documento que es la misma y en el caso de personas jurídicas deberemos de comprobar que la persona que firma es la persona designada por la administración de la empresa mediante los poderes que tiene otorgados que deberían de ir anexados al documento de contrato.
Producto
El producto deberá de ir con su descripción detallada, su composición, su funcionalidad y su denominación etimológica. Es recomendable si es posible incluir la nomenclatura aduanera. En algunas ocasiones exigiremos o nos exigirán que se especifique que el producto cumple la normativa del país.
En el caso de bienes deberemos de comprobar que los mismos se encuentran libres de cargas y gravámenes.
Cantidad
La cantidad se puede especificar de diferentes maneras, unidades, peso, volumen o dimensiones.
Las unidades, pesos, volúmenes o dimensiones deben de corresponder con las utilizados por el que recibe la oferta. Se puede dar la circunstancia de que las medidas sean las anglosajonas con lo que deberemos de hacer la conversión de forma correcta para que no se den minusvaloraciones que puedan perjudicar a una de las partes.
Precio
Precio por unidades, precio total y moneda de pago.
En el caso de los contratos internacionales se deberá de indicar claramente la divisa que se va a utilizar en la transacción. Será conveniente que las cifras vayan expresadas tanto en número como en letras y acompañados de la divisa a la que hacemos referencia.
Condiciones de pago
Deberemos especificar en el contrato que tipo de medio de cobro-pago vamos a utilizar con la variante que pueda tener el mismo. Dentro de esta elección se deberá indicar el vencimiento de la operación y de qué forma va a ser pagada o cobrada para lo cual en ocasiones deberemos de reflejar los datos bancarios de los beneficiarios o el código Swift.
Garantías
En el contrato se podrán especificar aquellas garantías que el cliente/proveedor considere oportunas para que la operación llegue a buen fin. Las mismas podrán ser bancarias, certificaciones, homologaciones, garantías postventa, etc. Las más utilizadas actualmente son las que ofrece la norma ISO, y el código de procedencia de la mercancía.
Condiciones de expedición
Una de las cuestiones más importantes en el comercio internacional es de qué forma llegará la mercancía y el tiempo en el que la misma estará disponible para el comprador. Para ello tenemos los INCOTERMS que deberán de ser utilizados por acuerdo entre las partes. Con la utilización de los mismos se establecerán prácticamente todas las condiciones de expedición de la mercancía.
Validez
Periodo en la que el contrato estará vigente. Deberemos indicar la fecha completa, día, mes y año desde que es válida la oferta y hasta cuándo.
Aspectos legales y jurídicos
En el contrato se deberá especificar a qué jurisprudencia y fuero estamos sujetos. Se indicará ya que en caso de controversia o en caso de problemas se acudirá al mismo para resolverlos. La cláusula de sometimiento a arbitraje puede incluirse en el contrato o acordarse posteriormente.
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