Los Almacenes Aduaneros son locales destinado a la custodia temporal de mercancías mientras se solicita su despacho
Los Almacenes Aduaneros son locales destinado a la custodia temporal de las mercancías mientras se solicita su despacho cuya administración puede estar a cargo de la autoridad aduanera, de otras dependencias públicas o de personas naturales o jurídicas, entendiéndose como tales a los depósitos temporales y depósitos aduaneros.
Depósitos Temporales
Los depósitos temporales son lugares que la autoridad aduanera autorizó para que ingresen y/o almacenen temporalmente mercancías pendientes de la autorización de levante por la autoridad aduanera. Estos depósitos pueden ser portuarios o extraportuarios.
Depósito Temporal Portuario
Los depósitos temporal portuario son almacenes dentro del puerto. Por ejemplo DP WORLD, cuenta con licencia de Depósito Temporal Aduanero a fin de poder ofrecer a sus clientes la facilidad de realizar sus trámites aduaneros con mayor rapidez y eficiencia dentro del terminal.
Ente los servicios, que generalmente, se brindan tenemos almacenaje, revisión documentaria, emisión de volante, verificación de datos, transmisiones electrónicas ante aduanas, así como una zona de inspección intra-portuaria y plataforma digital para los trámites relacionados con cualquier tipo de despacho sea Anticipado, Diferido y/o Urgente.
Depósito Temporal Extraportuario
Los depósitos extraportuarios son los almacenes que se encuentran fuera del puerto y cumplen con los mismos servicios que los depósitos portuarios, destinados a depositar la carga que se embarque o desembarque, transportada por vía aérea, marítima, terrestre, postal fluvial o lacustre. Pueden variar en el costo de sus servicios internos.
Son considerados como una extensión de la zona primaria de la jurisdicción aduanera a la que pertenecen, por tanto en ella se podrán recibir y despachar las mercancías que serán objeto de regímenes aduaneros conforme a la Ley General de Aduanas.
Depósitos Temporales: Operaciones usuales durante el almacenamiento
- Reconocimiento previo
- Pesaje, medición o cuenta
- Colocación de marcas
- Desdoblamiento
- Reagrupamiento
- Extracción de muestras
- Reembalaje
- Trasiego
- Control de funcionamiento de maquinaria
- Vaciado o descarga parcial de contenedores
- Cuidado de animales vivos
- Conservación de mercancías perecibles
Depósitos Temporales: Responsabilidad por el cuidado y control de las mercancías
Los almacenes aduaneros o los dueños o consignatarios, según corresponda, son responsables por el cuidado y control de las mercancías desde su recepción.
Asimismo, son responsables por la falta, pérdida o daño de las mercancías recibidas.
- Falta o pérdida: Se entiende al extravío, hurto, robo o cualquier modalidad, que impida que las mercancías sean halladas.
- Daño: Se entiende a toda forma de deterioro, desmedro o destrucción, total o parcial de la mercancía.
No existe responsabilidad en los siguientes casos:
- Caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado.
- Causa inherente a las mercancías.
- Falta de contenido debido a la mala condición del envase o embalaje, siempre que hubiere sido verificado al momento de la recepción.
- Daños causados por la acción atmosférica cuando no corresponda almacenarlas en recintos cerrados.
Depósitos Aduaneros
El depósito aduanero es aquel local físico reconocido y controlado por las autoridades aduaneras, donde pueden almacenarse durante un plazo determinado mercancías solicitadas al régimen de depósito aduanero. Estos depósitos pueden ser privados o públicos.
Depósito Aduanero Privado
Depósito aduanero reservado al uso exclusivo de determinadas personas cuando las necesidades particulares del comercio lo justifiquen, debidamente autorizado por la autoridad aduanera.
Depósito Aduanero Público
Depósito aduanero que pueda utilizar cualquier persona que tenga derecho a disponer de las mercancías, debidamente autorizado por la autoridad aduanera.
Depósito Aduanero: Régimen Aduanero
Régimen aduanero que permite que las mercancías que llegan al territorio aduanero pueden ser almacenadas en un depósito aduanero para esta finalidad, por un periodo determinado y bajo el control de la aduana, sin el pago de los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el consumo, siempre que no hayan sido solicitadas a ningún régimen aduanero ni se encuentren en situación de abandono.
Depósito Aduanero: Beneficios para el importador
- Almacenar las mercancías hasta por un plazo de 12 meses.
- Ingresa a depósito aduanero sin el pago de tributos a la importación
- Retiro de las mercancías del depósito aduanero de manera parcial o lotes.
- Obtención de financiamiento mediante el Warrant.
- Las mercancías pueden ser trasladadas de un depósito aduanero a otro dentro o fuera de la circuncisión aduanera.
- Las mercancías en depósito pueden ser destinadas a otros regímenes aduaneros.
Depósito aduanero: Plazo
El depósito aduanero puede ser autorizado por un plazo máximo de doce (12) meses computado a partir de la fecha de numeración de la declaración.
Si el plazo solicitado fuese menor, las prórrogas serán aprobadas automáticamente con la sola presentación de la solicitud, sin exceder en conjunto el plazo máximo antes señalado.
El plazo del depósito de las mercancías perecibles no podrá exceder la fecha de vencimiento de la mercancía dentro del plazo máximo para el régimen de depósito aduanero.
Depósito aduanero: Segundo Régimen Aduanero
La mercancía depositada podrá ser destinada total o parcialmente a los regímenes de:
Depósito aduanero: Mercancías que no pueden ingresar a este régimen
- Explosivos Armas Municiones
- Menaje de casa Y Equipaje
- Envíos postales
- Envíos de entrega rápida
- Mercancías peligrosas
- Mercancías en abandono legal y voluntario
- Mercancías destinadas a un régimen
Depósito aduanero: Responsabilidad
Para efecto de los despachos totales o parciales de las mercancías en depósito, se tendrá en cuenta el peso registrado al momento de la recepción por el depositario, quien asumirá la responsabilidad frente al Fisco con relación a la deuda tributaria aduanera, por las diferencias que pudieran presentarse en función a la variación del peso registrado a la salida de las mercancías.
Tratándose de carga a granel no se tomará en cuenta para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, la pérdida de peso por efecto de influencia climatológica evaporación o volatilidad, siempre y cuando la pérdida del peso no exceda del dos por ciento (2%) del peso registrado al ingreso de la mercancía al depósito.
En lo que refiere, al dueño o consignatario, este es responsable por las mercancías durante el traslado de las mismas desde el punto de llegada hasta la entrega al depósito aduanero.
Depósito aduanero: Traslado de un depósito a otro
El traslado de mercancías de un depósito aduanero a otro, dentro o fuera de una circunscripción aduanera, será autorizado por la aduana que concedió el régimen de depósito aduanero.
Lo dispuesto en el párrafo anterior, no requiere la expedición de un nuevo certificado de depósito, quedando inalterable el emitido originalmente, salvo la indicación del nuevo lugar de depósito, debidamente refrendado por el segundo depositario.
El depósito aduanero a cargo de las mercancías será responsable de las mismas hasta el momento de su entrega al segundo depósito.
GRACIAS POR LA INFORMACIÓN, AHORA ENTIENDO CON MÁS SOLTURA EL TEMA
ResponderBorrarHola, hace tres meses envié un paquete a Barcelona CH097865387US y todavía lo no han entregado esta desde el 12 de junio en el almacén revisando los documentos y no se por que tanta demora si son cosas personales que no lleva tanto tiempo su revisión , hasta cuando hay que esperar , la verdad que el envió por correo postal ha sido un fracaso , ha llevado mas tiempo en la aduana y demás sitios en España que el tiempo de salida de este pais, espero respuesta gracias
ResponderBorrarPueden dar listas de los depósitos temporales y aduaneros por país? Los conocidos siempre tienen contrato con navieras lo cual los congestiona mucho.
ResponderBorrar