Los servicios de transporte marítimo se contratan por medio de agentes marítimos, que representan a las compañías navieras
Las líneas navieras es aquella persona física o jurídica que por sí (o por medio de otra que actúe en su nombre o representación) celebran un contrato de transporte marítimo de mercancías con un usuario. Los servicios se contratan por medio de intermediarios llamados agentes marítimos, que representan a las compañías navieras en los distintos puertos.
Un agente marítimo (agente portuario) es una persona jurídica constituida en el país conforme a ley, que representa al capitán, propietario, armador, fletador u operador de un buque en el puerto de la República donde este arribe.” El agente marítimo puede cumplir por cuenta o delegación del capitán, propietario, armador, fletador u operador de un buque o agente general, entre otras actividades, las operaciones de recepción y despacho de buques, trámites para el movimiento de carga, operaciones portuarias, emitir, firmar y cancelar, por cuenta y en nombre de su principal, los conocimientos de embarque y demás documentos pertinentes, y otros servicios que este último le encomiende. El agente marítimo puede ser designado por el propietario, armador, fletador u operador de un buque o por el agente general.
Las agencias marítimas cobran a los usuarios exportadores o importadores por dos conceptos principalmente que constituyen lo que se denomina servicios estándar:
Box Fee, que es el servicio que incluye el procesamiento y control documental de la información del contenedor y supervisión de la transmisión de información a la aduana de la nota de tarja. Incluye la verificación de precintos de línea. El cobro aplica también a la agencia de carga en caso de consolidados, y
Doc Fee, que es la gestión administrativa y electrónica para cumplir con la transmisión ante la Autoridad Aduanera, dentro de los plazos establecidos. Incluye servicio de atención a los agentes de aduanas y/o agentes de carga para verificación de los documentos.
Adicionalmente, cobran gastos administrativos, e inclusive en algunos casos se cobra separadamente, por emisión del B/L y por visto bueno del B/L como parte de los servicios estándares.
El flete de transporte marítimo
Los fletes constituyen la compensación pagada a las líneas navieras por el transporte de mercancías de un puerto a otro, según las condiciones estipuladas en el conocimiento de embarque (B/L), en los servicios regulares de línea y en la póliza de fletamento (C/P) en el servicio arrendado.
La modalidad de contratación del flete y las cotizaciones de los fletes marítimos en punto de origen y destino, dependerá de los arreglos específicos entre las partes. Lo que sí es común a todos los fletes es su estructura en la cual en general se establece una tarifa o flete básico, recargos y descuentos.
1. Flete Básico
Representa el pago por el cliente por concepto de fletes que se liquidan sobre la base del peso o volumen (el que sea mayor) y la unidad comercial (por ejemplo, por contenedor).
Las conferencias navieras formulan las tarifas de flete básico después de evaluar aspectos tales como: (i) ruta, para tomar en cuenta distancia y las características particulares de los puertos origen-destino, de recalaje, etc.; (ii) tipo de producto, usando una de entre 20 y 100 distintasposiciones establecidas por las conferencias navieras para clasificar los productos por sus características; (iii) tipo de servicio, y (iv) otros elementos varios tales como el valor comercial, tipo de embalaje, y tipo de estiba.
2. Recargos
Son componentes variables que se incluyen en el flete para corregir por efectos eventuales y contextuales que pueden afectar el costo de transporte marítimo. Los recargos más comunes son factores de ajuste monetario (CAF) cuando hay riesgos de diferencial cambiario, y ajuste por costo del crudo (BAF) introducido después de la crisis del petróleo (1973) para mitigar las fluctuaciones de los precios del petróleo que impactan el costo del combustible. Otros recargos que han sido utilizados incluyen aquellos que se originan en el peligro de guerra (riesgo de guerra), por manipuleos especiales (manipuleo), etc.
3. Descuentos
Este ítem se refiere a descuentos, consistentes en reembolsos por lealtad de los exportadores o importadores, al uso del servicio que presta una determinada conferencia naviera de línea por un cierto periodo de tiempo o el transporte de una determinada cantidad de mercancía.
Los cargos de flete, tienden también a incluir un importe fijo que los Navieros cobran los clientes (Embarcadores/Receptores) en concepto de manipulación de la mercancía en el Terminal Portuario. Ese importe es generalmente conocido como Terminal Handling Charge (THC por sus siglas en inglés). Cada naviero determina libremente el importe a cobrar, salvo que dicho Naviero forme parte de una conferencia.
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