Hablar sobre los seguros en caso de guerra es abordar una de las coberturas más debatidas por el gremio asegurador, especialmente en el contexto del comercio marítimo.
Históricamente, este sector fue uno de los que impulsó el uso de los seguros de carga debido a los frecuentes accidentes en las rutas. Sin embargo, las guerras navales a principios del siglo XIX generaron pérdidas financieras tan significativas que las aseguradoras reconsideraron su relación con estos riesgos, estableciendo criterios y limitando los montos de reclamación.
En este contexto, surge la pregunta: ¿cómo funcionan actualmente los seguros de mercancías frente al riesgo de un conflicto bélico en altamar? Este artículo explora los aspectos esenciales de los seguros en caso de guerra y sus coberturas en el ámbito del comercio exterior.
Cobertura de guerra: contexto histórico y evolución
Como se mencionó, los conflictos bélicos del siglo XX fueron determinantes para establecer limitaciones en estas pólizas. El desarrollo del comercio marítimo permitió estandarizar criterios para definir coberturas viables, pero que también garantizaran un margen de ganancia para las aseguradoras.
La cláusula NMA 464 y sus implicaciones:
- A partir de 1938, con la Guerra Civil Española y la Segunda Guerra Mundial, se incrementaron los siniestros de carga por conflictos bélicos.
- Esto llevó a la creación de la NMA 464 (War and Civil War Exclusión Clause), que excluía coberturas relacionadas con las consecuencias de la guerra.
- Esta cláusula se generalizó internacionalmente, eximiendo a las aseguradoras de pérdidas financieras por guerra.
- Esta cláusula estuvo vigente hasta el atentado del WTC en el 2001.
Adaptación del mercado asegurador:
- Tras el 11 de septiembre, el mercado asegurador se volvió más flexible, permitiendo modificar las cláusulas y coberturas en caso de guerra.
Seguros en caso de guerra: cláusulas y coberturas actuales
A pesar de la regulación de la NMA 464, el comercio marítimo amplió sus opciones para asegurar cargas en el océano.
Cláusulas de Guerra y Huelgas
- Creadas por aseguradoras inglesas, estas cláusulas estandarizan los términos a nivel global y siguen vigentes.
- No todas las aseguradoras ofrecen estas coberturas, por lo que se recomienda comparar opciones.
- Estas cláusulas cubren daños o pérdidas por:
- Guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, o conmoción civil resultante de éstos, o cualquier acto hostil por o en contra de una potencia beligerante.
- Captura, secuestro, arresto, restricción o detención, y las consecuencias resultantes de los mismos o de cualquier intento por llevarlos a cabo.
- Minas, torpedos, bombas abandonadas, o cualquier otro armamento de guerra abandonado.
- Huelguistas, trabajadores en lock out, o personas que participen en disturbios laborales, motines o conmociones civiles.
- Cualquier terrorista o persona que actúe por motivos políticos.
- Confiscación o expropiación.
Exclusiones comunes en las coberturas
- Pérdidas por detonación de armas nucleares de guerra.
- Guerra entre Reino Unido, Estados Unidos, Francia, la CEI y China.
- Captura, secuestro, arresto, confiscación o expropiación por gobiernos o autoridades del país de registro del buque.
- Arresto, restricción, detención, confiscación o expropiación bajo reglamentaciones de cuarentena o por infracción de aduanas o navegación.
- Las disposiciones de cualquier proceso judicial ordinario o el no proporcionar garantías o pagar cualquier multa o gravamen o por cualquier causa financiera.
- Pérdida, daño responsabilidad o gastos cubiertos por la Póliza para Casco Marítimo del Instituto a Término.
- Cualquier reclamo por cualquier suma recuperable bajo cualquier otro seguro sobre la Nave, o que sería recuperable bajo tales seguros de no mediar la existencia de este seguro adicional.
- Cualquier reclamo por gasto que surja de demora, excepto aquellos gastos que pudieran ser en principio de acuerdo a la ley y práctica inglesas bajo las reglas de York y Amberes de 1974.
Es importante comprender que las coberturas y exclusiones pueden variar entre aseguradoras. Por ello, se aconseja analizar detenidamente las ofertas del mercado para tomar una decisión informada.
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