En el Perú, para que una empresa o persona natural realicen despachos de importación de mercancías con fines comerciales, solo requiere de su RUC
En esta oportunidad, les explicare de manera sintetizada el proceso de importación en Perú. Para que una empresa o persona natural realicen despachos de importación de mercancías con fines comerciales, solo requiere de su RUC (no se requiere ningún registro o permiso especial).
No están obligados a inscribirse en el RUC las personas naturales que realicen en forma ocasional importaciones de mercancías, cuyo valor FOB por operación no exceda de mil dólares americanos (US $ 1 000,00) y siempre que registren hasta tres (3) importaciones anuales como máximo; o las personas naturales que por única vez, en un año calendario, importen mercancías cuyo valor FOB exceda los un mil dólares de los Estados Unidos de América (US $ 1 000,00) y siempre que no supere los tres mil dólares de los Estados Unidos de América (US $ 3 000,00).
Por otra parte, todas las importaciones menores a 2 mil dólares FOB se pueden efectuar con una declaración simplificada y por nosotros mismos. En el caso, superen los 2 mil dólares FOB será necesario los servicios de un Agente de Aduana.
El Agente de Aduana para destinar la mercancía al régimen de Importación para el Consumo, requiere que le entregue previamente lo siguientes documentos:
- Documento de transporte.
- Factura, documento equivalente o contrato.
- Lista de empaque
- Comprobante de pago y fotocopia adicional de éste
- Póliza de seguro de transporte de las mercancías, cuando corresponda.
- Documento de autorización del sector competente para mercancías restringidas.
Importación para el consumo. Es el régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías al territorio aduanero para su consumo, luego del pago o garantía, según corresponda, de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables, así como el pago de los recargos y multas que hubieren y del cumplimiento de las formalidades y otras obligaciones aduaneras.
Las mercancías en el régimen de importación para el consumo podrán ser solicitadas a despacho:
- En el despacho anticipado, dentro del plazo de quince (30) días calendario antes de la llegada del medio de transporte; vencido este plazo, las mercancías se someterán al despacho excepcional, debiendo el despachador de aduana solicitar la rectificación de la declaración, de acuerdo al procedimiento de Solicitud de Rectificación Electrónica de Declaración.
- El dueño o consignatario de la mercancía tramita el despacho anticipado con descarga en el terminal portuario o terminal de carga aéreo, pudiendo optar por el traslado al depósito temporal o el traslado a la zona primaria con autorización especial.
- En el despacho diferido, dentro del plazo de treinta (15) días calendario computados a partir del día siguiente del término de la descarga.
- En el despacho urgente, dentro del plazo de quince (15) días calendario antes de la llegada del medio de transporte hasta los siete (07) días calendario computados a partir del día siguiente del término de la descarga.
- En el régimen de Depósito Aduanero, dentro del plazo concedido en dicho régimen.
- En el caso de mercancías en abandono legal, hasta antes que se efectivice la disposición de la mercancía por la Administración Aduanera.
- En el caso de mercancías ingresadas a CETICOS o ZOFRATACNA, dentro del plazo concedido.
La importación de mercancías está gravada con los siguientes tributos:
- Ad valorem – 0%, 6% y 11%, según subpartida nacional.
- Derechos antidumping o compensatorios, según producto y país de origen.
- Impuesto general a las ventas (IGV) - 16%.
- Impuesto de Promoción Municipal (IPM) - 2%.
- Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) - tasas variables, según subpartida nacional.
- Otros: derechos específicos, derechos correctivos provisionales, etc.
Se recomienda ingresar a la sección Tratamiento Arancelario por Subpartida Nacional a la siguiente dirección electrónica, en cuyo rubro "descripción" deberá ingresar la mercancía a consultar: www.aduanet.gob.pe/itarancel/arancelS01Alias
Adicionalmente, debe considerarse que de acuerdo a lo dispuesto por Ley N° 28053 del 08.08.2003, Decreto Legislativo Nº 936 del 29.10.2003 y Resolución de Superintendencia Nacional de Administración Tributaria Nº 203-2003/SUNAT del 01.11.2003 modificada con Resolución N° 224-2005-SUNAT del 01.11.2005 ha incorporado la aplicación del Régimen de Percepción del IGV a las operaciones de importación definitiva de bienes gravados con el IGV, según el cual la SUNAT percibirá del importador un monto por concepto del impuesto que causará en sus operaciones posteriores. La tasa es de 3.5%, 5% ó 10% y la forma de aplicación se encuentra detallada en la siguiente dirección electrónica: www.aduanet.gob.pe/aduanas/informag/tribadua.htm
Se procede al pago de derechos aduaneros y se obtiene el canal de control, pudiendo ser revisada documentaria y físicamente (canal rojo) revisada sólo documentariamente (canal naranja) o pudiendo ser no revisada (canal verde.) Dependiendo del canal se presentarán los documentos a la Aduana.
Los documentos a presentar son:
- Declaración Única de Aduanas debidamente cancelada o garantizada.
- Fotocopia autenticada del documento de transporte.
- Fotocopia autenticada de la factura, documento equivalente o contrato.
- Fotocopia autenticada o copia carbonada del comprobante de pago y fotocopia adicional de éste, cuando se efectúe transferencia de bienes antes de su nacionalización, salvo excepciones.
- Fotocopia autenticada del documento de seguro de transporte de las mercancías, cuando corresponda.
- Fotocopia autenticada del documento de autorización del sector competente para mercancías restringidas o declaración jurada suscrita por el representante legal del importador en los casos que la norma específica lo exija.
- Autorización Especial de Zona Primaria, cuando se opte por el despacho anticipado con descarga en el local del importador (código 04)
- Otros documentos que se requieran, conforme a las disposiciones específicas sobre la materia.
- La Declaración Andina de Valor (DAV), en los casos que sea exigible el formato B de la DUA.
- Lista de empaque o información técnica adicional.
- Volante de despacho, en caso sea solicitado por la autoridad aduanera.
También, si su producto requiere de inspección sanitaria en Puerto. En el caso de SENASA, el costo va según la partida arancelaria, mínimo 68 soles; y DIGESA, el costo es de 170 soles aproximadamente, y DIGEMID, según partida.
Efectuado el canal obtenido, la administración aduanera le otorga el levante (autorización formal de aduanas para retirar la mercadería de los almacenes portuarios). Finalmente, se traslada e ingresa su mercadería a su almacén (Centro de distribución).
Me puede ayudar deseo importar calzado desde Perú
ResponderBorrarCon mucho gusto lo orientaremos. Contactenos al mail: pierher07@gmail.com
ResponderBorrarHola necesito su ayuda quiero importar una motocicleta de EEUU
BorrarMe podría brindar más información que se necesita
Buenas tardes como puedo hacer para traer o q me manden mercancía desde Marruecos, gracias.
ResponderBorrarPorfavor me podría ayudar a importar esculturas e artesanía de decoración de Indonesia porfavor espero su respuesta Le mail jakomon1604@hotmail.com
ResponderBorrarbuenas tardes quisiera importar desde EEUU maquillaje quisiera saber si el sistema aduanero de peru me lo permite
ResponderBorrarQuiero traer cuatrimotos y compresoras de aire
ResponderBorrarBuen día. Deseo tener más alcances deseo importar en cantidad del exterior
ResponderBorrarbuenos dias,
ResponderBorrarquiere importar ilo dental desde china , nesesitamos un permiso por estos productos?
sion.sierre@gmail.com
gracias por su respuesta
Philipp mazotti
Buenas si quisiera importar equipo de protección médico necesitaría algún permiso especial??
ResponderBorrardarwingarciaparica@gmail.com
Gracias por su respuesta.
Quisiera importa asesoria por favor, erickson.apaza@gmail.com.gracias
ResponderBorrarHola , deseo importar a mi nombre sin RUC es menor a 1000 dólares , puedo hacerlo ?
ResponderBorrarSi puedes
BorrarHola, deseo importar material reciclable(chatarra) desde mexico hacia peru nesecito informacion. Cesarunp7@gmail.com
ResponderBorrarAlguien me ayude por favor. Cómo puede recuperar un producto que se quedo retenida en aduanas Ecuador.
ResponderBorrarAlguien me puede ayudar por favor quiero saber si los cilindros de oxígeno medicinal requieren permiso de la DIGISA.gracias por su respuesta..
ResponderBorrarbuenas noches, por favor me podría orientar con los trámites y requisitos que necesito para importar cerveza a Perú
ResponderBorrarNecesito importar alimento para vacas lecheras.
ResponderBorrarnecesito informacion mi pedido se encuetra en colombia y me estan pidiendo licencia de importacion.
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