En este artículo hablaremos sobre cada uno de los medios de pago documentarios y su proceso de pago
En toda operación de exportación e importación, las partes han de acordar, en el contrato de compraventa o en el intercambio entre la oferta y la demanda, el medio de pago para liquidar la operación y en el momento que hay que liquidarla.
Asimismo, se debe tener en cuenta si el pago estará en función de la existencia de documentos comerciales, o no, como elemento esencial del pago. Dependiendo de este, los medios de pago se clasificación en simples, o no documentarios, y documentarios.
Los documentos comerciales son todos aquellos documentos, exceptuando los financieros (pagare, letra, etc.), necesario para acceder al cobro de la operación. Por ejemplo: factura, documento de transporte, certificado de origen, entre otros.
Anteriormente hemos hablado sobre los medios de pago simple; por ello, en este artículo hablaremos sobre cada uno de los medios de pago documentarios y su proceso de pago.
Orden de Pago Documentaria
La orden de pago documentaria es el mandato que el importador da a su banco para que abone al exportador la cantidad correspondiente, con la salvedad de que éste debe presentar unos documentos que el importador comunica a su entidad. Aunque este medio es parecido a la carta de crédito que se explicara párrafos más abajo, la orden de pago documentaria no es irrevocable y no posee legislación específica.
Proceso de pago
- El importador solicita a su banco que efectúe una transferencia, condicionando su pago a la presentación de determinados documentos.
- El banco emisor adeuda al importador el importe de la transferencia.
- El banco emisor hace llegar las instrucciones al banco pagador.
- El banco pagador remite al exportador las condiciones de pago.
- El exportador envía la mercancía al lugar de destino.
- El exportador presenta los documentos que acrediten el envío de la mercancía.
- El exportador recibe el abono en su cuenta.
- El banco pagador envía la documentación recibida al banco emisor y le adeuda el importe pagado.
- El banco emisor entrega los documentos al importador para que éste pueda disponer de la mercancía.
- El importador retira la mercancía.
Remesa Documentaria
En este caso, el exportador reúne una serie de documentos comerciales (facturas, documentos de transporte, certificados, etc.) y financieros que entrega en su banco para que se encargue del cobro contra la entrega dichos documentos comerciales.
El banco o su corresponsal realiza la gestión correspondiente para el cobro y entrega de los documentos comerciales y se produce el pago del importe correspondiente, señalado en el/los documentos financieros.
Lo habitual es que si el pago es diferido, el importador proceda a aceptar los documentos financieros.
Proceso de pago
- El exportador expide la mercancía hasta el puerto de destino acordado.
- El exportador entrega a su banco los documentos comerciales junto con el efecto (o los efectos), instruyéndole sobre el cobro.
- El banco remitente envía al banco presentador los documentos comerciales, junto con el efecto y las instrucciones de cobro.
- El banco presentador comunica al importador que los documentos comerciales y financieros están a su disposición, pendientes de aceptación.
- Si todo está conforme, el importador acepta el efecto.
- El banco presentador entrega la documentación comercial al importador.
- El importador retira la mercancía.
- El banco presentador devuelve al banco remitente el efecto aceptado.
- El banco remitente entrega al exportador el efecto aceptado.
Carta de crédito
Este medio de pago es el más habitual en las operaciones donde no existe relación de confianza entre el exportador e importador. El banco emisor, por solicitud y conforme a lo pedido por el ordenante (importador), hace el pago al beneficiario (normalmente el exportador), contra la entrega de una serie de documentos exigidos por el importador, siempre y cuando se cumplan todas las condiciones y términos del crédito.
Existen distintas variedades de carta de crédito. Las entidades bancarias pueden informar tanto a exportadores como a importadores de los distintos tipos, costos, seguridad que aporta a la operación, etc.
Proceso de pago
- El importador ordena a su banco la apertura del crédito documentario.
- El banco avisa al banco del exportador a través de un tercer banco comprobando el riesgo de la operación.
- Este tercer banco avisa del crédito al exportador y añade o no su confirmación, según corresponda.
- El exportador, examinados los requerimientos y estando conforme, procede al embarque de la mercancía y a ponerla a disposición del importador.
- Entrega los documentos en el banco que le ha avisado del crédito y, si todo es conforme, procede al pago.
- Este banco remite los documentos al banco del importador que es el que emitió el crédito a instancias de su cliente y, si comprueba que todo es conforme, le rembolsará el importe al banco del exportador (en caso de que éste haya confirmado) y finalmente entregará los documentos al importador. Previamente habrá retenido los fondos correspondientes en la cuenta del importador.
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