El Incoterms CPT en el comercio exterior y la logística

Pactar en condiciones CPT, según las reglas Incoterms 2010 de la Cámara de Comercio Internacional (ICC), significa “Transporte pagado hasta”


Pactar en condiciones CPT, según las reglas Incoterms 2010 de la Cámara de Comercio Internacional (ICC), significa “Transporte pagado hasta”.

Cuando se pacta condiciones CPT, puede utilizarse cualquier modo o combinaciones de modos de transporte, lo que le da mucho juego en la gestión logística.

Los nuevos Incoterms 2010 CPT en la logística internacional

Se trata de un Incoterms poco utilizado pero que, conocidas el reparto de gastos, riesgos y obligaciones entre las partes, puede dar mucho juego en el diseño logístico de la distribución y uso de los diferentes modos de transporte.

La diferencia más significativa entre pactar CIP o CPT está en que, con CIP el vendedor se obliga a la contratación del seguro contra la pérdida o daño de la mercancía mientras no haya llegado al puerto de destino. En condiciones CPT, el vendedor no está obligado, pero si el comprador opta por contratar el seguro y precisa de información que está en poder del vendedor, éste estará obligado a suministrarla.

Cuando se pacta condiciones CPT, puede utilizarse cualquier modo o combinaciones de modos de transporte.

Riesgos y costes en el comercio internacional

Este Incoterms, como el resto de la familia de las C, se caracteriza porque los riesgos y los costes se transmiten del vendedor al comprador en lugares diferentes:

El vendedor “cumple con su obligación de entrega”, señala el Incoterms 2010 de la Cámara de Comercio Internacional (ICC), con poner la mercancía en poder de la agencia de transportes “en la fecha acordada o dentro del plazo acordado y no cuando la mercancía llega al lugar de destino”.

Los costes del comprador, en condiciones CPT, en la cadena logística

Los costes relativos a la mercancía desde su entrega por parte del vendedor, siempre que la entrega se haya efectuado en la fecha o dentro del plazo de tiempo.

En los costes mencionados en el punto anterior no se incluye los trámites aduaneros de la exportación y sus costes, que irán siempre a cargo del vendedor.

Los costes de descarga salvo que estos costes los haya tenido que pagar el vendedor según lo pactado con la empresa de transportes.

Los costes y gastos relativos a la mercancía durante el transporte hasta su llegada a destino, “salvo que los costes fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte”.

Los costes aduaneros de importación, el pago de los impuestos y demás gastos que exija este trámite en el país de destino.

Todos los gastos adicionales contraídos si el comprador no avisa con tiempo suficiente al vendedor el momento de la expedición de la mercancía y el lugar de destino.

Los costes del vendedor en condiciones CPT en la cadena logística

Los costes elativos a la mercancía hasta su entrega a la agencia de transportes, siempre que la entrega se haya efectuado en la flecha o dentro del plazo de tiempo.

El coste del transporte hasta el destino designado, “incluyendo los costos de cargar la mercancía y cualquier gasto de descarga en el lugar de destino”, según el contrato de transporte.

Los costes de los trámites aduaneros de exportación (si procede), derechos, impuestos y demás gastos pagaderos en la exportación.

Cómo se transmiten los riesgos en condiciones CPT Incoterms 2010

El riesgo de pérdida o daño a la mercancía se transmite del vendedor al comprador desde el momento en que el vendedor pone su mercancía en poder de la agencia de transportes “en la fecha acordada o dentro del plazo acordado”.

Pero si el comprador no da aviso suficiente al vendedor del “momento de la expedición de la mercancía y/o lugar del destino designado o el punto de recepción de la mercancía en dicho lugar”, según Incoterms 2010 de la Cámara de Comercio Internacional (ICC), entonces es el comprador quien asume todos los riesgos de pérdida o daño que haya podido sufrir la mercancía contado a partir de la fecha acordada o la fecha en la que finalice el plazo acordado para la entrega de la misma.

Si la mercancía va en contenedor y se pone a disposición del transportista, antes de que esté a bordo del buque deberá estudiarse la conveniencia de pactar condiciones CPT Terminal de contenedores, en lugar de CFR.

Si las partes consideran oportuno pactar otros riegos y costes, deberán hacerlo en un contrato privado.

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DIARIO DEL EXPORTADOR: El Incoterms CPT en el comercio exterior y la logística
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