El agente es una empresa muy ligada al exportador o importador. Debe existir mucha confianza entre ellos, porque él se convertirá en su representante en las aduanas
- Ranking.
- Situación económica.
- Infocorp.
- Conocimientos.
- Infraestructura.
- Imagen comercial.
- Recomendaciones de exportadores o importadores.
- Estándares de seguridad (como el BASC).
De igual manera, el agente de aduana, en el marco de la seguridad de la cadena logística, solicitará al exportador, previamente a la gestión aduanera:
- Escritura pública.
- Poderes vigentes.
- Documentos de identidad del representante legal.
- Otros documentos formales de la empresa (RUC, licencia de funcionamiento, acuerdos de seguridad, etc.).
De esta manera, para iniciar el despacho aduanero de exportación Uds. (exportador) le va a otorgar al agente de aduana un mandato con representación, mediante el endose del documento de transporte (conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte). De esta manera se convierte en el representante del exportador en las aduanas.
Despacho aduanero
La gestión aduanera o despacho aduanero es un trámite muy sencillo y ágil. El agente de aduana recibe las instrucciones de exportación, copia de la factura comercial, la reserva del espacio (booking en la vía marítima, pre guía en la vía aérea y la carta porte en la vía terrestre) y, si fuera el caso, la autorización para mercancía restringida.
El agente de aduana coordina con el exportador para declarar en la DUA los regímenes vinculados al régimen de exportación definitiva (drawback, admisión temporal, restitución de mercancía en franquicia).
El agente de aduana confecciona la DUA con datos provisionales y luego la trasmite electrónicamente.
El agente de aduana coordina con el exportador para el ingreso de la carga. Podría enviar una unidad de transporte para recogerla, o por otro lado el exportador podría llevar la carga hasta el almacén aduanero.
El almacén aduanero recibe la carga y trasmite electrónicamente a la aduana la recepción de la carga.
La aduana responde con los canales:
- Naranja. Autorización automática para embarcar (no hay ningún tipo de revisión).
- Rojo. Reconocimiento físico de la carga y posterior autorización para el embarque.
Con la autorización del embarque por parte de la aduana, los transportistas marítimos, aéreos o terrestres procederán a cargar la mercancía para trasladarla a su destino final.
Luego de que salió la nave, el agente de aduana procede a gestionar en la compañía aérea los registros en la DUA por la salida de la mercancía. En el caso marítimo, procede a gestionar la obtención del conocimiento de embarque, y debe pagar a los agentes marítimos por los servicios portuarios (vistos buenos).
Una vez que la carga salió del país, el agente de aduana (con responsabilidad del exportador) tiene 30 días calendarios contabilizados a partir del día siguiente de la fecha de embarque para regularizar la DUA con datos provisionales. En este caso, trasmitirá electrónicamente otra DUA con datos complementarios y deberá presentar físicamente o electrónicamente:
- Copia SUNAT de la factura.
- Conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte (dependiendo de la vía utilizada).
- Autorización del sector correspondiente, cuando se trata de mercancía restringida.
Luego de regularizada la exportación, el agente de aduana procederá a facturar por sus servicios, adjuntando copia de los documentos que sirvieron para el despacho aduanero.
Muy buena información la que presentan en su cuenta Twitter. Muchas gracias por compartirla.
ResponderBorraractualicen la informacion ya no se usa la DUA ahora es la DAM
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