Antes de iniciar un proceso de exportación es necesario definir la especificidad de la política exportadora
Antes de iniciar un proceso de exportación es necesario definir la especificidad de la política exportadora, distinguiendo cuales son las acciones y los medios necesarios a incluir en la planificación de una exportación.
Por tal motivo entre los distintos medios que encontramos los más importantes para considerar en un primer paso son:
- Los medios legales y financieros que constituyen al conjunto de leyes relacionadas con la promoción a las exportaciones, el perfil impositivo en relación a la devolución de los tributos pagados en el proceso de producción, como también aquellos que gravan directamente la “exportación” (hecho imponible) y la política adoptada en comercio exterior en lo referente al apoyo financiero otorgado por el sector público a la actividad exportadora.
- Los medios operativos que van a significar el conjunto de acciones tendientes a simplificar las actuaciones y controles. Aquellos que contribuyen a facilitar la actividad exportadora serán los que presenten menos requisitos para inscribirse como importador y exportador, como también la reducción de intervenciones previas y eliminación de cupos, por ejemplo.
Al análisis de estos medios debemos incorporarle las ventajas comparativas que pudiera tener una empresa a través del “marco país” y las ventajas competitivas de la capacidad superior que haya podido desarrollar la misma empresa.
En relación a lo mencionado, es necesario considerar la ventaja derivada que pudieran aportar los Acuerdo Bilaterales que haya suscripto el país exportador, u observar aquellos Acuerdos Preferenciales Multilaterales como los otorgados en el marco de la ALADI1 a sus países signatarios, o en su defecto utilizar las preferencias otorgadas por los países desarrollados a los que se encuentran en vías de desarrollo mediante la aplicación del “Principio de No discriminación” receptado por la OMC2, que adopta dos variantes, la cláusula de la nación más favorecida3 y el principio del trato nacional4.
La primera variante permite la multilateralizacion de los beneficios concedidos por uno de ellos alcanza a todos los Estados Parte, ya que cualquier ventaja otorgada a una mercadería que proveniente de otro país será extensible a toda mercadería similar originaria de los territorios de todas las demás Partes contratantes.
Por otro lado el principio de trato nacional establece que las mercaderías importadas no deben someterse a un tratamiento menos ventajoso que el aplicable a los productos de similares características de origen nacional.
Ante la ausencia de Acuerdos Bilaterales, Acuerdos Preferenciales Multilaterales o falta del incumplimiento del “Principio General de No Discriminación” aun contamos con una herramienta legal e internacional que nos ofrece la OMC mediante el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) que permite brindar un trato más favorable en caso de tratarse de países subdesarrollados o en vías de desarrollo a fin de promocionar sus exportaciones a partir de listas de mercaderías con aranceles de importación reducidos para que puedan exportar de manera competitiva sus manufacturas a los países desarrollados y sin reciprocidad. Los otorgantes de estas preferencias son principalmente Estados Unidos, los países de la Unión Europea, Canadá y Australia y los países beneficiarios del SGP son aquellos que cuentan con una base industrial más sofisticada que la que pueden tener aquellos que solamente dependen de exportaciones de productos agrícolas y materias primas industriales.
No obstante ante cualquier perjuicio ocasionado por el no acatamiento de los principios receptados en los Acuerdos suscriptos por el país exportador e importador, como de la normativa que regula dicha materia, existe todavía la posibilidad de instar la vía judicial.
1. Asociación Latinoamericana de Integración, organismo internacional de ámbito regional.
2. Organización Mundial de Comercio
3. Artículo 1 del G.A.T.T. de 1994 (Acuerdo Internacional Sobre Aranceles Aduaneros y Comercio).
4. Artículo 3 del G.A.T.T de 1994
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