Incoterms son reglas comerciales que definen, dentro del marco de una operaciĆ³n de compraventa internacional, las obligaciones del vendedor y del comprador
A menudo, empresarios que inician en la exportaciĆ³n o importaciĆ³n, tiene un conocimiento impreciso de las distintas prĆ”cticas comerciales utilizadas en el paĆs de su contraparte; y esto se traduce en un contrato de compraventa flojo, dando pie a malentendidos, litigios y procesos, todo lo cual implica pĆ©rdida de tiempo y dinero.
Para solucionar estos problemas, la CĆ”mara de Comercio Internacional (CCI) publicĆ³ por primera vez en 1936 una serie de reglas internacionales para la interpretaciĆ³n de los tĆ©rminos comerciales. Dichas reglas se conocen con el nombre de “Incoterms 1936”. Se han introducido modificaciones y aƱadidos en los aƱos 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000 y 2010 (actual versiĆ³n), siempre con el fin de ponerlas al dĆa respecto de las prĆ”cticas comerciales internacionales en vigor. Es importante hacer referencia expresa en los contratos y documentaciĆ³n comercial INCOTERMS© + aƱo de la versiĆ³n.
Incoterms son reglas comerciales que definen, dentro del marco de una operaciĆ³n de compraventa internacional, las obligaciones del vendedor y del comprador ocasionadas por la operaciĆ³n de compraventa, tomando como base tres elementos fundamentales: riesgos, los costos y obligaciones (despacho de aduana).
El objetivo de las reglas Incoterms consiste en establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretaciĆ³n de los tĆ©rminos comerciales mĆ”s utilizados en las transacciones internacionales. De ese modo podrĆ”n evitarse las incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones de dichos tĆ©rminos en paĆses diferentes o, por lo menos, podrĆ”n reducirse en gran medida.
Las reglas Incoterms determinan:
- El alcance del precio.
- En quĆ© momento y donde se produce la transferencia de riesgos sobre la mercaderĆa del vendedor hacia el comprador.
- El lugar de entrega de la mercaderĆa.
- QuiƩn contrata y paga el transporte
- QuiƩn contrata y paga el seguro
- QuƩ documentos tramita cada parte y su costo.
AdemĆ”s, refieren tambiĆ©n sobre las obligaciones de despacho aduanero de las mercancĆas para la exportaciĆ³n y la importaciĆ³n, el embalaje de las mercancĆas, la obligaciĆ³n del comprador de recibir la entrega, asĆ como proporcionar la prueba de que se han cumplido debidamente las obligaciones respectivas.
Aunque las reglas Incoterms son sumamente importantes para el cumplimiento del contrato de compraventa, no se ocupan en absoluto de un buen nĆŗmero de problemas que pueden darse en el propio contrato, como la transmisiĆ³n de la propiedad y de otros derechos relacionados.
En la Ćŗltima actualizaciĆ³n del aƱo 2010, los tĆ©rminos son 11, los cuales se usan de acuerdo al modo de transporte, asĆ:
TĆ©rminos para cualquier modo de transporte:
TĆ©rminos para transporte marĆtimo y vĆas navegables interiores:
Las reglas Incoterms para el transporte marĆtimo lo son exclusivamente porque contienen un “puerto de carga/destino convenido”, es decir, algo que obligadamente tiene que ver con mar o vĆas de aguas navegables. Estos no deben, en consecuencia, ser empleados en otros modos de transporte.
Sin embargo, los restantes siete Incoterms para cualquier modo de transporte aplicables a cualquier modo de transporte, sĆ pueden obviamente ser utilizados en el transporte por mar y vĆas navegables.
Cada regla Incoterms tiene sus propias caracterĆsticas, debiendo ser cuidadosamente seleccionados atendiendo a la especificidad de la operaciĆ³n comercial y a un anĆ”lisis integral riguroso de todos los elementos asociados a tal operaciĆ³n.
AsĆ, por ejemplo, en el caso de un comprador que no tenga posibilidades de conseguir el transporte principal justo a tiempo y a un costo razonable, entonces utilizarĆa uno de los Incoterms donde la obligaciĆ³n de procurar ese transporte correspondiera al vendedor (Incoterms C o D).
Otros factores deberĆ”n tomarse en consideraciĆ³n a la hora de la elecciĆ³n de la regla Incoterms: situaciĆ³n de los puertos, dificultades aduaneras, obstĆ”culos en la transportaciĆ³n interna de los paĆses, etc.
Si bien no es obligatorio el uso de las reglas Incoterms en un contrato de compraventa internacional. Se recomienda su uso, ya que estas reglas aportan una determinada cantidad de soluciones, evitando malentendidos y posibilidades de conflictos.
La prĆ”ctica a diario es muchas veces contraria a la teorĆa, esto tambiĆ©n se da en las reglas Incoterms. A continuaciĆ³n algunos ejemplos:
En EXW…, la carga de las mercancĆas corresponde en teorĆa al comprador. Hay que recordar que el tĆ©rmino Incoterms EXW es de obligaciĆ³n mĆnima del vendedor, que no obliga en modo alguno al vendedor a cargar la mercancĆa vendida sobre los vehĆculos proporcionados por el comprador. Sin embargo, en la gran mayorĆa de los casos es el vendedor quien, en la prĆ”ctica, efectĆŗa la carga. Cuando esto Ćŗltimo sucede, el comprador tiene, normalmente, interĆ©s en precisar contractualmente muy bien que el vendedor procederĆ” a la carga, asumiendo los costos y bajo su responsabilidad; entonces en este caso la variante se llama “EXW...Loaded on...” (EXW...Cargado sobre...).
En FOB…, en teorĆa, el comprador debe informarle al vendedor el nombre del buque y la fecha de su arribo al puerto de carga convenido. Muchos compradores no lo ponen en prĆ”ctica y los vendedores deben proceder a sustituirlo para elegir un naviero y cargar.
En el CIF..., en teorĆa, la mercancĆa viaja por mar a riesgo del comprador y, si se presentan algunas averĆas, es en principio el comprador quien debe gestionar el reembolso ante la compaƱĆa de seguros. En la prĆ”ctica es muy frecuente que serĆ” el vendedor quien, a tĆtulo comercial, se encargue de estas diligencias.
Por estas razones, se recomienda a las partes que dejen claro que costos asumirƔn, y hasta donde deberƔ soportar el riesgo el vendedor (En el caso las Incoterms en la prƔctica su uso se modifique). Si el contrato no describe expresamente estas intenciones de las partes, pueden generarse considerables dificultades y costos innecesarios.
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