Su usted desea implantar su negocio en el Perú, Usted puede optar por diferentes tipos de personas jurídicas
Si cuentas con una idea de negocio y has decidido forma la empresa para iniciar operaciones, pero aún no sabes como constituir tu empresa. En este artículo explicaremos sobre las diferentes clases de personas jurídicas en el Perú, conocimiento inicial indispensable para poner en marcha la constitución legal de tu empresa. Lo primero que deberás decidir es si tu negocio lo abrirás como persona natural con negocio o como persona jurídica; si escoges la primera, tu patrimonio personal se ve comprometido, y si escoges la segunda, la empresa que abres asume toda la responsabilidad por sus obligaciones y deudas.
Abrir una empresa como persona natural (es un negocio completamente individual), es donde tú te encargas de desarrollar toda la actividad comercial y de la inversión del capital. Repito, tu persona es directamente responsable ante las obligaciones y deudas que tu negocio pueda generar. Para constituir este tipo de negocio, solo deberás registrarte en SUNAT, siendo la inscripción en Registros Públicos una opción, más no una obligación.
En el caso de la personería jurídica, existen diferentes tipos de empresas a constituir en el Perú, las cuales te menciono a continuación con sus respectivos detalles:
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)
- Solo personas naturales pueden abrir una.
- El patrimonio debe ser aportado por una persona diferente del titular.
- La responsabilidad de la empresa está limitada al patrimonio de esta.
- Es funcional siempre y cuando continúe siendo una pequeña empresa.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
- El capital está dividido en partes iguales, pero no pueden denominarse como acciones.
- 20 socios son el límite.
- La Junta General de Socios representa a todos los asociados de la empresa; si al menos la quinta parte del capital social lo solicita, se deberá ejecutar una.
- Aplicable a todo tipo de PYMES.
Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.)
- También tiene carácter de limitada en cuestiones de sociedad, es decir, la responsabilidad y participación de los socios es limitada.
- Su capital social está representado por acciones.
- Su número de socios no puede ser mayor a 20.
- Las acciones de los socios no deben estar inscritas en el registro público del mercado de valores.
- Los socios tienen como derecho la preferencia en el caso de la venta de acciones.
- Aplicable a todo tipo de PYMES.
Sociedad Anónima ordinaria (S.A.)
- Igualmente, tiene carácter de sociedad limitada.
- Capital definido por medio de acciones.
- El número total de socios puede ser hasta de 750 accionistas.
- Existe la libre circulación de las acciones.
- Con enfoque a empresas grandes.
Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.)
- Capital medido por acciones.
- El manejo de las acciones está sujeto al control de CONASEV, existiendo disposiciones especiales para la protección de los derechos de los accionistas minoritarios.
- Destinada a empresas con una estructura más amplia que las calificables para S.A.
- Las acciones obligatoriamente deberán estar inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores.
En el caso de todas las Sociedades Anónimas, es posible la migración entre un tipo y otro, siempre y cuando las condiciones y requisitos sean favorables; así está estipulado en la Ley General de Sociedades.
En pocas palabras, escoger el tipo de empresa al que te acogerás depende del tamaño virtual de tu empresa, la cantidad de socios que tengas, los límites de responsabilidad de los socios y/o titular, y la necesidad del sistema de acciones.
Recuerda que el proceso de constituir tu empresa tiene muchos pasos; aprende con nosotros un poco más sobre cómo abrir un negocio en Perú y cómo desarrollar tu plan de negocio.
no puedo copiar
ResponderBorrarEstimado lector, la función de copiar se ha prohibido debido a que muchas personas o empresas copiaban la información sin solicitar algún permiso y sin respetar los derecho de autor. Espero pueda comprendernos
ResponderBorrarBuena información ...estoy llevandoel curso de personas juridicas
ResponderBorrarMuchas gracias Claudia por visitarnos. Saludos y éxitos en vuestro curso
Borrarpara abrir un consultorio medico de algunas especialidades, que tipo de persona juridica es recomendable constituir?
ResponderBorrarDe manera breve: S.R.L(en el caso sea pocos socios) y S.A.C (Si planea expandir el negocio, socios por ende). Saludos
BorrarMuy buen articulo, estoy aprendiendo mucho con la información que nos brindan,yo pienso crear una Academia de Música; ¿cual considerarían que sea el tipo de persona jurídica mas adecuada que debería adoptar?, gracias.
ResponderBorrarDe manera breve: S.R.L(en el caso sea pocos socios) y S.A.C (Si planea expandir el negocio, socios por ende). Saludos
Borraren que tipo de sociedad o empresa se encuentran las municipalidades?
ResponderBorrarEl enfoque metodológico cualitativo muy dinámico y sobretodo atendible para todo los niveles, bien explicado.
ResponderBorrarLA INFORMACIÓN ES MUY BUENA. GRACIAS
ResponderBorrarUNA PREGUNTA
¿CUANDO PUEDE SER UN PERSONA NATURAL JURIDICA?, ¿SE DA EN LOS CASOS DEL TIPO DE EMPRESA QUE SEA?
BUENOS DIAS! MUY AGRADECIDA CON LA INFORMACION BRINDADA POR USTEDES, QUERIA PREGNTARTE PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA CAZA MATRIZ DE SOFTWARE DEDICADA A PROGRAMAR SOFTWARE PARA EL SECTOR SALUD, QUE TIPO DE EMPRESA ME RECOMIENDAS?
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