
A la hora de realizar el cálculo de los precios de nuestro a exportar, debemos tener en cuenta una serie de costos que se derivan de la operación y que no se dan en el mercado doméstico, como son el transporte internacional, el seguro, despacho de aduanas, etc. Estos costos dependerán de las condiciones de entrega que se pacten con el comprador. En el comercio internacional las condiciones de entrega vienen determinadas por el termino Incoterms pactado entre comprador y vendedor.
Por lo tanto, en función de cada término Incoterms se puede construir una cadena de precios de exportación. A medida que se incrementan las responsabilidades y los riesgos asumidos por el exportador el precio de la mercancía va aumentando.
Costos relacionados a la cadena logística internacional
- Costo de producción
- Comisión por agente comercial o Brokers
- Envasar, empacar y embalar para la exportación
- Movilizar la carga hasta la rampa de la fábrica
- Cargar el vehículo de acercamiento
- Movilizar carga hasta el transportista
- Cancelar gastos de almacenaje
- Efectuar trámites de exportación, licencias y documentos.
- Descargar el vehículo de acercamiento
- Colocar carga al costado del vehículo transportador
- Efectuar las operaciones de verificación
- Cancelar los gastos de carga en el vehículo transportador
- Cancelar los gastos de estiba en el vehículo transportador
- Pagar flete hasta el punto acordado
- Prima seguro internacional
- Asumir gastos de desestiba
- Cancelar gastos de descarga
- Efectuar trámites de importación, licencias y documentos
- Cancelar tributos a la importación
- Asumir el almacenaje en destino
- Pagar los gastos de transito
- Cargar el vehículo de evacuación
- Movilizar la carga hasta el lugar convenido
- Descargar el vehículo de evacuación
Costos asumidos por el exportador según termino Incoterms 2010
- EXW 1 - 4
- FAS 1 - 11
- FOB 1 - 13
- CFR 1 - 14
- CIF 1 - 15
- DAT 1 – 17
- DDP 1 – 23
(*) El contrato de seguro (clausula C) por parte del exportador solo es obligatorio en los términos Incoterms CIF y CIP.
(*) La carga, estiba, desestiba y descarga dependerá del tipo de flete contratado.
(*) La descarga del vehículo de evacuación siempre lo realiza el importador sin importar el termino Incoterms. Esto debido que el ultimo termino DDP no obliga al exportador a descargar.
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