Mediante el Despacho Simplificado Web se podrá realizar trámites de exportación de mercancías con fines comerciales sin límite de peso y cuyo valor FOB no exceda a los 5,000 dólares americanos
Con el fin de facilitar las operaciones del comercio exterior, reducir tiempos de despacho y costos a los exportadores, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) implementó el Despacho Simplificado Web (DSW), que permite numerar y regularizar la Declaración de Exportación Simplificada a través portal de la SUNAT, de una manera fácil y rápida.
Mediante el Despacho Simplificado Web se podrá realizar trámites de exportación de mercancías con fines comerciales sin límite de peso y cuyo valor FOB no exceda a los 5,000 dólares americanos.
El exportador accede al aplicativo del portal de la SUNAT ingresando su RUC y clave SOL. El sistema valido el RUC y la clave SOL, de ser conforme dan el acceso a las siguientes opciones:
- Numeración
- Regularización
- Rectificación
- Consulta
Procedimiento de un despacho simplificado web de exportación
Numeración de la Declaración de Exportación Simplificada
La opción de NUMERACIÓN muestra el formato electrónico de la DSW con los datos generales del exportador. El exportador selecciona la modalidad de despacho que le corresponde:
- 12: Otras mercancías hasta US$ 5,000.
- 24: Bienes para uso o consumo en los medios de transporte aéreo o marítimo.
- 28: Combustibles para naves de extracción de recursos hidrobiológicos.
De acuerdo a la modalidad seleccionada el sistema exige los datos a consignar. El sistema no permite pasar a otra casilla si no se ha llenado un dato exigible.
El sistema muestra las subpartidas que posiblemente correspondan de acuerdo a la descripción de la mercancía declarada. A partir de la segunda DSW se muestra un histórico de subpartidas de mercancías exportadas por el usuario.
El sistema muestra la relación de códigos de empresas de transporte, países de destino, puertos y aeropuertos, unidades de medidas, acogimiento a regímenes de aplicación y precedentes, entre otros.
El exportador debe insertar la factura o boleta de venta DIGITALIZADA y cuando corresponda, la autorización para exportar mercancía restringida.
El sistema valida los datos registrados y otorga el número correspondiente a la DSW.
Despacho y levante de la mercancía
Las mercancías amparadas en DSW con modalidad de despacho 12 deben ingresar a un depósito temporal, el cual transmitirá los datos de la mercancía recepcionada.
Aceptada la transmisión de los datos de la mercancía recepcionada por el depósito temporal, la DSW es puesta a disposición del funcionario aduanero para su revisión, en el portal del especialista.
Al registrarse la conformidad de la revisión el sistema otorga el canal de control. Los canales de control son ROJO o NARANJA.
EL LEVANTE se obtiene:
- Con la selección del canal naranja.
- Con el registro de la diligencia del reconocimiento físico en caso de DSW seleccionada a canal rojo.
Las DSW con levante quedan expeditas para su embarque.
El PLAZO PARA EMBARCAR es de 30 días calendario contado a partir de la fecha de numeración de la DSW.
Regularización de la Declaración de Exportación Simplificada
El PLAZO de regularización es de 30 días calendarios computado a partir del día siguiente del término del embarque.
El exportador accede al aplicativo del portal web de la SUNAT ingresando su RUC y clave SOL. El sistema valida el RUC y la clave SOL, de ser conforme da el acceso e ingresamos a la opción de regularización, mostrando el formato electrónico para el registro de los datos complementarios.
El sistema valida la información complementaria, de ser conforme selecciona el tipo de regularización:
Regularización automática. La DSW queda regulariza da con la aceptación del registro de los datos complementarios.
Regularización con presentación física de documentos. El exportador debe presentar los documentos al área que administra el régimen de exportación, para lo cual se le emite una GED y pasa al funcionario aduanero quien confronta los documentos físicos con los digitalizados y los datos registrados en el SIGAD.
La revisión de la DSW debe realizarse en el día de su presentación registrándose su aceptación o rechazo. De ser conforme el funcionario aduanero registra su aceptación con lo cual la DSW queda regularizada.
De no ser conforme se procede al registro del motivo del rechazo tanto en la GED como en el sistema, el cual puede ser consultado a través del portal de la SUNAT.
Rectificación y Consulta
Los datos consignados en la DSW pueden ser rectificados por el exportador en forma automática hasta antes de la selección del canal de control.
La DSW puede ser consultada en el portal web de la SUNAT en el cual se mostrará sus diferentes estados:
- Número de la DSW
- Fecha de recepción DT
- Resultado de la revisión electrónica
- Canal de control.
- Levante
- Forma de regularización
- Regularización
Por último, puede acceder al siguiente manual para la elaboración de la Declaración Simplificada de Exportación vía Web.
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