El proceso de importación en Brasil son realizados online en un sistema denominado SISCOMEX

El proceso de importación en Brasil son realizados online en un sistema denominado SISCOMEX (Sistema Integrado de Comercio Exterior), en el cual los órganos gubernamentales estÔn interrelacionados con todos los agentes que tienen participación activa en los procesos de exportación e importación.
La SecretarĆa de Comercio Exterior (SECEX), del Ministerio de Desarrollo, Industria y Comercio Exterior (MDIC), es el órgano responsable por la gestión de los mecanismos e instrumentos de seguimiento y control de las operaciones de exportación e importación.
TambiĆ©n juegan un rol fundamental la SecretarĆa de los Ingressos Federales de Brasil (SRFB), del Ministerio de Hacienda, responsable por las Ć”reas aduanera, fiscal y tributaria; y el Banco Central de Brasil (BACEN), responsable por las Ć”reas financiera y de cambio.
El proceso de importación en Brasil consta de los siguientes diez (10) pasos:
1. Habilitación del importador en el SISCOMEX
Para que una empresa pueda realizar importaciones en Brasil, la empresa o su representante deberÔn habilitarse, por medio de contraseña, para operación en el SISCOMEX.
La actuación de la persona jurĆdica en operaciones de comercio exterior depende de un anĆ”lisis previo por parte del SRFB de sus informaciones de registro y fiscales.
2. Partida arancelaria de las mercancĆas que serĆ”n importadas
Las mercancĆas comercializadas internacionalmente por el paĆs son clasificadas de acuerdo con la Nomenclatura ComĆŗn del Mercosur (NCM), que es tambiĆ©n adoptada por Argentina, Paraguay y Uruguay.
Los códigos de partida arancelaria de la NCM son formados por ocho dĆgitos, siendo esta clasificación compatible con el Sistema Armonizado (SA), que es la clasificación internacional estandarizada.
La correcta clasificación de los productos adquiridos, por parte del importador, evita la aplicación de sanciones por parte de las autoridades aduaneras, ademÔs de utilizar las ventajas arancelarias derivadas de los acuerdos bilaterales y multilaterales que Brasil mantiene en el Ômbito de su comercio internacional.
La investigación de los códigos NCM puede ser realizada en la pĆ”gina web de la SecretarĆa de los Ingressos Federales de Brasil: www4.receita.fazenda.gov.br/simulador/
3. La Factura
Para facilitar los trĆ”mites administrativos por parte del importador brasileƱo, el exportador extranjero debe suministrar la mĆ”s completa información comercial y tĆ©cnica del producto, que permita hacer una correcta clasificación de las mercancĆas y, por consiguiente, el encuadramiento de la compra dentro de las exigencias administrativas y aduaneras brasileƱas. La factura debe presentar la siguiente información:
- identificación completa del importador y del exportador;
- descripción de la mercancĆa, especificando las caracterĆsticas del producto, con vistas a
- facilitar la clasificación aduanera y, por consiguiente, el tratamiento tributario;
- paĆs de origen;
- precio unitario, en moneda extranjera;
- forma de venta de acuerdo con el Incoterms negociado;
- valor total (dependiendo del Incoterms acordado, deben ser presentados, por separado, los valores del flete y del seguro internacional);
- plazo de validez de la propuesta;
- peso de la carga (neto y bruto);
- locales de embarque y desembarque (puertos, aeropuertos o puntos fronterizos por donde la mercancĆa va a pasar);
- forma de pago.
4. Licencias de las importaciones
Por lo general, las importaciones brasileñas no necesitan licencias, debiendo el importador, o su representante legal, apenas gestionar el registro de la Declaración de Importación (DI) en el SISCOMEX con el objetivo de iniciar los procedimientos de desaduanaje.
Entre tanto, existen mercancĆas que necesitan licencias, en los casos en que la legislación exija la autorización previa de órganos especĆficos de la administración pĆŗblica brasileƱa, o cuando deban ser respetadas condiciones especĆficas.
La licencia puede ser automÔtica o no automÔtica en función de su clasificación fiscal en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).
En estos casos, el importador debe formular una Licencia de Importación (LI) en el SISCOMEX, con las informaciones de naturaleza comercial, financiera, de cambio y fiscal pertinentes a la operación que se pretenda realizar. La LI debe ser registrada con la antecedencia prevista en la legislación y antes del inicio de desaduanaje.
El embarque de la mercancĆa en el exterior, excepto casos especĆficos previstos en la legislación, sólo puede ocurrir despuĆ©s de la autorización de la licencia.
El plazo mĆ”ximo para tramitación de la LI es de 10 dĆas Ćŗtiles en los casos de Licencia AutomĆ”tica y de 60 dĆas corridos en el caso de Licencia No AutomĆ”tica, contados a partir de la fecha del registro en el Siscomex. Por lo general, ambas licencias tienen validez de 60 dĆas para fines de embarque de la mercancĆa en el exterior.
Aunque el importador sea el responsable por el cumplimiento de las normas brasileñas, es necesario que el exportador preste oportunamente todas las informaciones necesarias, especialmente detalles técnicos del producto que van a definir no apenas la correcta clasificación, sino también la verificación de requisitos previos de los órganos anuentes.
En algunos casos serĆ” necesaria la inspección fĆsica de la mercancĆa en el paĆs de origen y la emisión del respectivo certificado.
5. Ćrganos anuentes
Para fiscalizar y permitir la entrada de productos especĆficos en territorio aduanero brasileƱo, operan en Brasil diversos órganos de control, cuya función principal es analizar y autorizar la importación del bien por medio de la emisión de Licencia de Importación en el SISCOMEX.
Los órganos anuentes con participación mÔs significativa en el comercio exterior brasileño son DECEX/SECEX (MDIC), ANVISA, MAPA y SUFRAMA. Para mayor información visite el siguiente enlace: https://siscomex.desenvolvimento.gov.br/tratamento/private/pages/consulta_tratamento.jsf
6. Emisión de Declaración de Importación
El despacho de importación es procesado por medio de una Declaración de Importación (DI), registrada en el Sistema Integrado de Comercio Exterior (SISCOMEX).
La despacho de importación empieza con el registro de la DI en el SISCOMEX por parte del importador o su representante legal, generalmente despuĆ©s de la llegada de la mercancĆa en el paĆs. Es en el momento de ese registro que ocurre el pago de todos los tributos federales debidos en la importación.
Los documentos que sirven como base para las informaciones contenidas en la DI son:
- Ejemplar original del conocimiento de embarque o documento equivalente;
- Ejemplar original de la factura comercial, firmada por el exportador;
- Recuento de carga (packing list); y
- Otros documentos exigidos como consecuencia de acuerdos internacionales o de legislación especĆfica.
La DI debe contener, entre otras informaciones, la identificación del importador y del comprador o de quien solicitó el envĆo, en caso de que no sean la misma persona/empresa, asĆ como la identificación, la clasificación, el valor aduanero y el origen de la mercancĆa.
7. Pago de tributos
El rĆ©gimen tributario aplicable a las importaciones brasileƱas incluye los siguientes tributos que se aplican a los bienes en general en el mercado interno, para proporcionar tratamiento igualitario a los bienes producidos en el PaĆs.
- Impuesto de Importación
- Impuesto sobre Productos Industrializados (IPI)
- Programa de Integración Social (PIS) y Contribución para el Financiamiento de la Seguridad Social (Cofins)
- Impuesto sobre Circulación de MercancĆas y Prestación de Servicios (ICMS)
- CIDE-Combustibles
- Adicional al Flete para Renovación de la Marina Mercante (AFRMM)
8. Despacho de importación

9. Canales de control
Cuando es registrada la Declaración de Importación y se empieza el procedimiento de desaduanaje, la DI es sometida al anÔlisis de las autoridades fiscales, siendo seleccionada para uno de los canales de verificación. Este procedimiento de selección recibe el nombre de estandarización. Los canales de conferencia son cuatro:
- Canal verde: no habrÔ ninguna verificación aduanera, y el producto serÔ encaminado para el despacho y posterior nacionalización.
- Canal Amarillo: serÔ realizada la verificación de los documentos de instrucción y de las informaciones suministradas por el importador en la DI.
- Canal Rojo: ademĆ”s de la verificación de documentos, serĆ” realizada tambiĆ©n la inspección fĆsica de la mercancĆa.
- Canal Gris: las verificaciones de documentos y fĆsicas serĆ”n realizadas para la investigación del valor declarado en la factura comercial, para verificación de elementos indicativos de fraude, inclusive en lo que se refiere al precio declarado de la mercancĆa.
La selección de los canales de fiscalización es realizada por intermedio del SISCOMEX, de acuerdo con parÔmetros establecidos por la Coordinación General del Sistema Aduanero (COANA), que toma en consideración los siguientes aspectos:
- regularidad fĆsica del importador;
- habitualidad del importador;
- naturaleza, volumen o valor de la importación;
- valor de los impuestos que se aplican;
- origen, procedencia y destino de la mercancĆa;
- tratamiento administrativo y tributario;
- caracterĆsticas de la mercancĆa.
10. Desaduanaje
Es la etapa final de desaduanaje de importación. Consiste en la liberación de la mercancĆa para el importador y de la emisión del Comprobante de Importación (CI), documento comprobatorio del proceso de nacionalización de la mercancĆa.
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