Llenado de datos de la DUA: Declaración Formato A

La Declaración Aduanera de Mercancías, conocida como DAM, por sus siglas, es la nueva denominación para la declaración de aduanas, que reemp...


La Declaración Aduanera de Mercancías, conocida como DAM, por sus siglas, es la nueva denominación para la declaración de aduanas, que reemplaza a la DUA. Es generada y numerada por el agente de aduanas contratado para este trámite; sin embargo, existen despachadores oficiales que también la pueden generar y que actúan como representantes aduaneros autorizados para realizar los trámites ante aduanas.

Es importante saber que la DAM está constituida por 3 formatos: A, B y C. En este artículo hablaremos sobre el llenado del Formato A.

a. Llenado del formato cuando se trata de importación (ingreso de mercancías)

A continuación, se detallará información sobre el llenado de la declaración correspondiente a los siguientes regímenes y códigos: importación para el consumo (10), admisión temporal para reexportación en el mismo estado y de perfeccionamiento activo (20 y 21, respectivamente), depósito aduanero (70), tránsito aduanero (80), reembarque (89), reimportación en el mismo estado (36) y reimportación (exportación temporal) con código 30.
Aduana – código: Aquí se indica el nombre y código de la Aduana bajo cuya jurisdicción se realiza el despacho aduanero.
Nº orden: Se indica el año y número de orden asignado por el declarante para identificar el despacho (debe tener 6 caracteres).
Destinación: Se indica el código de la destinación según el régimen correspondiente.
Modalidad: Se indica el código correspondiente a la modalidad de despacho.
Tipo despacho: Se indica el código que corresponda al tipo de despacho.
N° declaración de importación: No se llena
- Identificación

En esta sección subdividida en 4 casillas, se consigna el nombre o razón social del importador, documento de identificación en el procedimiento), su dirección y su código de ubicación geográfica.

- Registro de aduana

Esta casilla es de uso exclusivo de la autoridad aduanera, aquí se consigna el número de la declaración (código de Aduana, año de numeración, código de régimen), la fecha en que fue numerada y se indica el canal de control al que está sujeta la declaración.

- Transporte

En esta sección subdividida en 7 casillas, se indica el nombre o razón social de la empresa de transporte que realiza la importación, el número de manifiesto, la vía de transporte y su código correspondiente: Marítimo(1), fluvial(2), lacustre(3), aéreo(4), postal(5), ferroviario(6), carretera/ terrestre(7), tuberías(8) y otros(9). De la misma manera se indica la fecha del término de la descarga. Los casilleros restantes son de uso para los regímenes de tránsito o reembarque.

- Almacén aduanero

En esta sección se consigna la razón social, dirección del depósito temporal donde se encuentra o se encontrará almacenada la mercancía. En caso haya mercancías destinadas al régimen de depósito aduanero, se consignará la razón social y el RUC del depósito aduanero en la casilla correspondiente, indicando también el plazo solicitado ante Aduanas para el régimen de depósito o de otros regímenes u operaciones sujetos a plazo. En el régimen de tránsito y reembarque, el plazo se expresa en días, y en los demás regímenes aduaneros se expresa en meses.

- Transacción

En esta sección se indica el nombre y código de la entidad financiera que intervino en la operación de comercio exterior y la modalidad de transacción o pago, pudiendo ser pagos diferidos, uso de divisas, truque, etc., cada uno con su código correspondiente, detallado en el procedimiento mencionado.

- Valor en aduana

En esta sección se indicará información sobre el valor Fob, el flete y las primas de seguro, que se expresarán en dólares. Adicional a ello se colocará la suma de los ajustes efectuados en la declaración jurada de valor, finalmente en la casilla denominada valor en aduana, se colocará la suma de estos 4 términos (Fob+flete+seguro+ajuste).

- Declaración de mercancías

Se puede decir que es la sección más importante en este formato A, porque detallará toda la información referente a las mercancías, el número de series que se declararán, el número de identificación de la declaración asignado por la Administración Aduanera en el despacho del régimen precedente y la serie correspondiente. Además, se consigna el número del certificado de reposición, el puerto y la fecha de embarque, se indica el número del documento de transporte, la cantidad de unidades comerciales de las mercancías declaradas en serie, la cantidad y clase de bultos indicando el peso bruto y neto, expresado en kilos. Adicionalmente a ello, se consigna la cantidad y la unidad física de la mercancía declarada en la serie de acuerdo a la subpartida nacional, indicando también el número de subpartida (10 dígitos).

En caso de que las mercancías estén negociadas en el marco de Aladi y la Comunidad Andina, se tendrá que indicar el código del tipo de margen, de la misma manera el código del trato preferencial internacional o nacional y el código liberatorio de corresponder. Otros datos adicionales es indicar el país de origen (donde han sido producidas), el país de adquisición, el FOB en moneda de transacción, la sumatoria de los valores FOB de los ítems declarados en el formato B que están comprendidos en una serie, el flete, el seguro y la suma de los ajustes obtenidos en el formato B.

Finalmente, como parte indispensable se indica las características particulares de la mercancía sin consignar la descripción arancelaria que figura en el Arancel de Aduanas como: las demás; partes y piezas; accesorios; etc. A continuación, se mostrará un ejemplo del llenado indicando las características de las mercancías:

1. Especie o denominación comercial: Maíz duro (maíz amarillo)
2. Forma de presentación: A granel
3. Material(es)/Composición porcentual
4. Uso/Aplicación: Para la siembra

Se consigna el número y fecha de la factura comercial e información complementaria si el declarante lo cree conveniente, se indica, de haber algún tipo de observación, las incidencias que correspondan a la serie, que el funcionario aduanero pueda encontrar en su diligencia y el código correspondiente al tipo de incidencia.

- Declarante

Se indica el nombre o razón social y RUC del despachador de aduanas (agente de aduanas, despachador oficial o importador autorizado), así como la fecha de formulación de la declaración, firma y sello del representante legal ante la Administración Aduanera.

- Nº contenedores/precintos

En esta sección se indica las marcas y números que identificarán los bultos o contenedores y precintos correspondientes.

- Diligencia aduanera

Es de uso exclusivo para el funcionario aduanero cuando existe una revisión documentaria o reconocimiento físico, según el canal asignado. Al culminar el funcionario, tendrá que colocar la fecha en que se realizó, el código, firma y sello, el plazo autorizado y fecha de vencimiento en los regímenes sujetos a plazo.

- Control de funcionario aduanero

Casilla de uso para la autoridad aduanera, solo para el régimen de tránsito aduanero, como para las operaciones de regularización de regímenes de admisión para reexportación en el mismo estado y para perfeccionamiento activo (reexportación).

- Control de embarque

De uso para la autoridad aduanera en los regímenes de tránsito o reembarque.

- Depósito

Utilizada solo para el régimen de depósito aduanero, dentro de 48 horas siguiente al ingreso de las mercancías al depósito, se registrará la conformidad del mismo consignando la fecha y hora, la cantidad, clase y peso del bulto.

- Transportista

Casilla llenada por el transportista encargado del traslado de la mercancía en el régimen de tránsito aduanero o de reembarque.

- Validación de datos

Se consigan el conjunto de caracteres generados por la Administración Aduanera en la numeración, para la identificación de la transmisión electrónica.

b. Llenado del formato cuando se trata de exportación (salida de mercancías)

A diferencia del ingreso de mercancías, para el llenado del formato A de la declaración de salida de mercancías, se detallará información sobre el llenado de la declaración correspondiente a los siguientes regímenes y códigos: exportación definitiva (40), exportación definitiva (41), exportación temporal para reimportación en el mismo estado (51), exportación temporal para perfeccionamiento pasivo (52) y reexportación-admisión temporal (60).

Para el llenado de la declaración formato A, cuando se trata de salida de mercancías, la información a consignar suele ser la misma que se considera para el ingreso de mercancías, a diferencia de algunas casillas, como por ejemplo la destinación, que deberá ser destinada a un régimen de exportación, y de la misma manera el tipo de despacho.

A continuación, señalaremos las casillas que se llenan con información distinta al formato A de ingresos de mercancías que mencionamos en los párrafos anteriores.

- Identificación

En la salidas de mercancías se tendrá que consignar el nombre o razón social de exportador, documento de identificación, la dirección y su código de ubicación geográfica.

- Transporte

En el caso del llenado del manifiesto, se tendrá que señalar el código de la intendencia de aduana de salida, de la misma manera se indica la fecha de término del último embarque de la mercancía. Los casilleros restantes se utilizan cuando el embarque se realice por una intendencia de aduana distinta a la de despacho.

- Almacén

En el caso de depósito temporal, se indica la razón social del depósito donde está almacenada la mercancía o la dirección del almacén del exportador, cuando la mercancía no ingresa a zona primaria. En caso de depósito aduanero no se llena, por ser un régimen no utilizado para la salida de mercancías. Finalmente, se señala el plazo solicitado expresado en meses para los regímenes de exportación temporal para reimportación en el mismo estado y para perfeccionamiento pasivo.

- Valor en aduana

En el caso de salidas de mercancías, en esta sección se deberá consignar el valor de la mercancía respecto a los términos comerciales pactados, de la misma manera se indicará el monto de la comisión acordada según corresponda. Adicionalmente, cuando la venta no se haya efectuado en términos FOB se indicará los gastos deducibles (se deducirá cuando la transacción se efectúe en términos CFR o CIF) y el total de ajustes (se adicionará cuando la transacción se efectúe en términos EXW o para el caso terrestre en FCA). Finalmente, se indica el valor neto de entrega o valor Fob de la mercancía, el cual se obtiene de la suma de (valor de mercancía + gastos deducibles + ajustes).

- Declaración de mercancías

Cuando se trata de exportaciones o salida de mercancías, las únicas casillas que se consigan en este formato es: el número de serie, el número de la declaración precedente, el nombre del lugar de embarque y su código, el documento de transporte, la cantidad, clase, peso neto y bruto de los bultos, cantidad de unidad física y de producción, el ítem CIP, la subpartida arancelaria, el tipo indicando el código correspondiente al estado de la mercancía a exportar, país de origen y destino (nombre y código del país al cual están destinadas las mercancías).

También se deberá llenar el casillero correspondiente al régimen de restitución (13) o reposición de mercancías (12) con franquicia arancelaria indicando el código correspondiente. En cuanto a la descripción de las mercancías, se sigue las mismas instrucciones que para el ingreso de mercancías, se debe indicar las características particulares de la mercancía y no consignar la descripción arancelaria que figura en el Arancel de Aduana. Finalmente, se coloca el número y fecha de la factura, de haber alguna información complementaria se consigna, de la misma manera de haber alguna observación (incidencias que pueda encontrar el funcionario aduanero) se indicará el código correspondiente a dicha incidencia.

- Zona primaria

Se consigna la información de recepción de la mercancía de exportación a su ingreso a zona primaria, se indica la fecha de término de recepción y la cantidad y clase de bultos.

- Transportista

Lo llena el transportista encargado del traslado de la mercancía en el régimen de exportación temporal para reimportación en el mismo estado, exportación temporal para perfeccionamiento pasivo y en la reexportación. Se indica la cantidad de bultos exportados, peso bruto total, la fecha y hora en que terminó el último embarque, así como su firma y sello, cuando corresponda.

Finalmente, hemos explicado de manera breve lo que corresponde al llenado de la declaración formato A, tanto para procedimientos de importación como de exportación, por lo que se puede decir que la característica que describe a este formato es principalmente detallar el régimen aduanero en el que se operará y describir a la mercancía que se declarará. Si se trata de operaciones en el que se tiene que detallar más de una serie de mercancías, se deberá utilizar el formato A1.

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DIARIO DEL EXPORTADOR: Llenado de datos de la DUA: Declaración Formato A
Llenado de datos de la DUA: Declaración Formato A
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