En este artículo hablaremos todo lo que necesitas saber sobre el Incoterms DDP, en la versión 2020
El término DDP es las siglas de “Delivered Duty Paid”, que en español significa “Entrega con Derechos Pagados”. En una operación de compraventa bajo el término DDP el vendedor entrega la mercancía, despachada para la importación en los medios de transporte de llegada, preparada para la descarga en el lugar de destino designado. El vendedor corre con todos los riesgos que implica llevar la mercancía hasta la terminal en el puerto o en el lugar de destino designados y descargarla allí, así como los costos relacionados al despacho de exportación e importación.
Características Incoterms DDP
Tipo de transporte: Cualquier medio de transporte, incluido multimodal (contenedores).
Lugar de entrega: En las propias instalaciones del comprador (fábrica o almacén) en el país de destino; o En un punto interior del país de destino.
Situación de la mercancía (carga/descarga): Preparada para la descarga en el lugar de entrega designado por el comprador.
Documento de entrega: Documento de entrega firmado por el comprador; o Documento de entrega firmado por el transportista del comprador.
Tipo de carga: Cualquier tipo de carga (general, completa y grupaje).
Contratación del transporte principal: Vendedor.
Contratación del seguro de transporte: No existe obligación por ninguna de las partes. No obstante, es aconsejable que el vendedor lo contrate ya que es el que asume el riesgo en el transporte internacional.
Transmisión de riesgos del vendedor al comprador: Cuando la mercancía se entrega preparada para la descarga del medio de transporte en lugar designado en destino.
Inspección pre embarque: Vendedor.
Despacho de exportación: Vendedor.
Despacho de importación: Vendedor.
Medio de pago a utilizar: Simples (transferencia, orden de pago, cheque, etc.).
Incoterms DDP obligaciones de las partes
Vendedor
- Notificar al comprador que los bienes han superado el despacho aduanero y han arribado a la ubicación convenida en el lugar de destino.
- Entregar las mercancías al comprador, con el proceso de despacho aduanero culminado, en la ubicación convenida en el lugar de destino, en los tiempos y plazos establecidos, no es obligación del comprador descargar las mercancías en el lugar convenido.
- Pagar todos los costos hasta entregar las mercancías al comprador, incluyendo los costos por concepto de despacho aduanero en el país de destino.
- Entregar la documentación original de las mercancías.
- Gestionar la exportación de la carga en origen y gestionar la importación de los bienes en destino.
Comprador
- Proporcionar información suficiente al vendedor para que realice el traslado o envío de la carga.
- Recibir las mercancías en conformidad, una vez que hayan sido admitidas en el lugar de destino y estén disponibles en la ubicación acordada.
- Verificar las mercancías y recibirlas en conformidad.
- Recibir en conformidad los documentos o comprobantes.
- Proporcionar la documentación local adicional o complementaria para la admisión de los bienes en el lugar de destino. [cuando sea necesario]
Incoterms DDP costos y riesgos
Incoterms DDP en el contrato
Debido que la transferencia de riesgo y distribución de los costos logísticos y aduaneros está en función del lugar de entrega, es indispensable especificar de la manera más clara el lugar de entrega de la mercancía en el contrato y factura proforma. La Cámara de Comercio Internacional recomienda la siguiente estructura: El término Incoterms + lugar de entrega + Regla Incoterms 2020
Ejemplo: DDP, Frankfurt, Germany, Schmidt GmbH Warehouse 4, reglas Incoterms 2020
Notas y recomendaciones
DDP supone el mayor riesgo y responsabilidad para el vendedor, ya que no sólo le obliga a asumir el costo de transporte y riesgo desde origen hasta el almacén del comprador en destino, sino que debe gestionar y abonar los trámites aduaneros e impuestos correspondientes en el país de destino. A lo único que no le obliga es a descargar la mercancía en el almacén de destino.
Además, si la empresa del vendedor no está implantada en el país de destino, los impuestos que pueden ser deducibles, como ocurre con el IVA en Ecuador, se convierten en costos que incrementan el precio de la mercancía sin ninguna necesidad.
Por los puntos anteriores, sumados a lo que comentábamos con el Incoterms DAP, recomendamos que los exportadores eviten este Incoterms cuando realicen ventas a terceros países siempre que el destino de la mercancía no sea un país que permita controlar el 100% los gastos de transporte.
En general recomendamos más el uso de CIP (si es un transporte multimodal) o CIF (si solo es transporte marítimo) donde el riesgo se transmite en origen. En el caso de decantarse por DDP, puesto que asumimos el riesgo hasta destino, será conveniente que el vendedor contrate un seguro de mercancías, aunque no esté obligado a ello.
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