En este artículo hablaremos todo lo que necesitas saber sobre el Incoterms FAS (Free Alongside Ship, en español: Libre al Costado del Buque) en la versión 2020
El término FAS es las siglas de “Free Alongside Ship”, que en español significa “Libre al Costado del Buque”. En una operación de compraventa bajo el término FAS el vendedor entrega la mercancía al costado del buque designado por el comprador (por ejemplo, en el muelle o en una barcaza) en el puerto de embarque designado. El vendedor transfiere el riesgo y asume todos los costos hasta el punto de carga en el puerto de embarque designado, así como los costos relacionados al despacho de exportación.
Características Incoterms FAS
Tipo de transporte: Exclusivamente para transporte marítimo. No es aconsejable para transporte multimodal (contenedores).
Lugar de entrega: Al costado del buque (en el muelle o en una barcaza) en el puerto de embarque.
Situación de la mercancía (carga/descarga): Preparada para cargarse en el buque designado por el comprador.
Documento de entrega: Recibo de muelle o recibo de embarque.
Tipo de carga: Gráneles, grandes cargas y carga compleja (maquinaria).
Contratación del transporte principal: Comprador.
Contratación del seguro de transporte: No existe obligación por ninguna de las partes. No obstante, es aconsejable que el comprador lo contrate ya que es el que asume el riesgo en el transporte internacional.
Transmisión de riesgos del vendedor al comprador: Una vez que la mercancía se ha puesto a disposición del comprador en el muelle o punto de carga del puerto designado por el comprador.
Inspección pre embarque: Comprador, excepto si es por exigencia del país del vendedor en cuyo caso será por cuenta de esté.
Despacho de exportación: Vendedor.
Despacho de importación: Comprador.
Medio de pago a utilizar: Simples (transferencia, orden de pago, cheque, etc.), como documentarios (carta de crédito, cobranza documentaria, etc.).
Incoterms FAS obligaciones de las partes
Vendedor
- Notificar al comprador que los bienes han sido colocados junto al buque.
- Colocar la mercancía junto al buque en el puerto de embarque acordado, dentro de los plazos convenidos.
- Pagar todos los costos de entrega de las mercancías hasta colocarlas junto al buque, incluyendo los que se generen por concepto del despacho aduanero en el país de origen.
- Proporcionar una factura comercial y la lista de empaque o un documento electrónico equivalente, y generar evidencia de conformidad o prueba de entrega.
- Asistir al comprador, asegurando la disponibilidad de servicios, información y documentación complementaria o adicional para el tráfico internacional de las mercancías.
Comprador
- Proporcionar información suficiente al vendedor sobre el buque, el itinerario de la nave y el puerto de embarque.
- Recibir en conformidad los bienes en el lugar y tiempo acordado.
- Asumir todos los costos y riesgos del tráfico internacional de las mercancías que se generen desde que son colocadas al lado del buque designado.
- Pagar el precio de los bienes según lo acordado.
- Pagar por los servicios o documentos adicionales solicitados al vendedor.
Incoterms FAS costos y riesgos
Incoterms FAS en el contrato
Debido que la transferencia de riesgo y distribución de los costos logísticos y aduaneros está en función del lugar de entrega, es indispensable especificar de la manera más clara el lugar de entrega de la mercancía en el contrato y factura proforma. La Cámara de Comercio Internacional recomienda la siguiente estructura: El término Incoterms + lugar de entrega + Regla Incoterms 2020
Ejemplo: FAS, Paita, Piura, Perú Reglas Incoterms 2020
Notas y recomendaciones
Se trata de una buena opción si no se controlan bien los contratos de fletamento marítimo, ya que nos obliga a despachar de aduana, además de limitar la posibilidad de costos no contemplados, al tener que gestionar el transporte de nuestro almacén a la terminal, y el despacho de aduanas de exportación, dejando el resto de gastos y gestiones por cuenta del comprador.
Este término debe usarse exclusivamente cuando se trate de transportes marítimos o por vías navegables. No se usa para transporte por contenedor (donde se debe emplear FCA). Se suele utilizar en transporte de mercancía a granel como carbón, melaza, desperdicios de metal, etc, que se transporta en bodega de buque, o mercancías especiales que, por su naturaleza y dimensiones, requieren de una operativa de carga a buque muy especial como pueden ser aerogeneradores, turbinas, autobuses, etc.
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