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Los Tratados de Libre Comercio: Las Reglas de Origen

En este artículo hablaremos sobre el capítulo de reglas de origen en un Tratado de Libre Comercio, y aspectos que se negocian

requisitos específicos de origen

Concluir el capítulo de un tratado de libre comercio sobre reglas de origen (ROO), junto con las negociaciones arancelarias, suele ser uno de los aspectos más exigentes de las negociaciones de libre comercio. Entender correctamente este capítulo requiere una buena comprensión de la economía, los principios del comercio internacional y el efecto prospectivo de las reglas. En este artículo hablaremos de las reglas de origen preferenciales

Reglas de origen preferenciales

Las reglas de origen en los tratados de libre comercio, es decir, las reglas de origen preferenciales, por otro lado, tienen un solo propósito. Deben habilitar las economías asociadas para decidir si un bien importado del otro socio califica para el acceso preferencial al mercado. En lenguaje técnico, el propósito de las reglas de origen preferenciales es permitir que las autoridades aduaneras determinen si un bien es originario o no originario.

Las reglas de origen preferenciales se dividen a su vez en reglas recíprocas (o contractuales) y reglas no recíprocas (o autónomas). Los primeros se utilizan en los tratados de libre comercio. Estos últimos se emplean en esquemas de preferencias unilaterales, como el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP). En esta guía no nos ocupamos de las reglas no recíprocas.

Por lo tanto, las reglas de origen determinan en gran medida cuán liberal o restrictivo es un tratado de libre comercio. Cuantas más condiciones tenga que cumplir un bien para calificar para el acceso preferencial al mercado, menos probable es que realmente califique para el trato preferencial.

Del mismo modo, si la complejidad de las reglas de origen es tal que las disputas sobre su origen se convierten en algo normal, será menos probable que los importadores y exportadores busquen beneficiarse de ellas. Cuando esto sucede, el tratado de libre comercio en su conjunto pierde parte de su eficacia.

Los conceptos clave en los sistemas de ROO son bienes totalmente obtenidos (o bienes totalmente producidos) y transformación sustancial. Las mercancías que satisfacen estos criterios son mercancías originarias. Un bien totalmente obtenido se fabrica enteramente en la economía exportadora a partir de materiales producidos allí. Algunos ejemplos serían la bauxita extraída y procesada en alúmina dentro de una sola economía, los animales criados en la economía exportadora o el arroz producido por el exportador. Dichos bienes siempre califican para el arancel preferencial.

Una mercancía originaria puede contener algunos materiales o componentes de terceros países, pero aun así puede satisfacer los requisitos para el acceso preferencial al mercado porque ha sufrido una transformación sustancial. Un ejemplo de esto serían los muebles producidos con madera importada. De hecho, la mayor parte de las reglas de origen en la mayoría de los casos de libre comercio se ocupan de establecer los criterios para el acceso preferencial de mercancías que contengan materiales obtenidos fuera del área de libre comercio.

La transformación sustancial: Requisitos Específicos de Origen

Hay tres métodos principales disponibles para determinar si se ha producido una transformación sustancial. Se enumeran en el Anexo D.1 relativo a las reglas de origen del Convenio Internacional para la Simplificación y Armonización de los Procedimientos Aduaneros (Convenio de Kyoto). Los tres métodos son:
Método de cambio de partida arancelaria (también conocido como método de cambio de clasificación arancelaria) que dice que el producto en cuestión ha sido suficientemente elaborado o procesado si cae en una categoría de una clasificación arancelaria diferente a las que se aplican a cada uno de los materiales o componentes utilizados.
Método basado en procesos, lo que significa que el bien se sometió a una ruta de fabricación o procesamiento específica para calificar para un trato preferencial.
Método de valor agregado que mide cuánto del valor de un bien se debe al procesamiento o elaboración en la economía exportadora y lo compara con un umbral prescrito generalmente conocido como valor de contenido regional o valor de contenido calificador, expresado como un porcentaje en cada caso.

El método de clasificación por cambios de partida arancelaria es más común que los otros, aunque no hay dos tratados que tengan las mismas reglas. En la práctica, dos, ya veces incluso los tres de estos métodos, se combinan para proporcionar el criterio para la transformación sustancial.

Esto no significa necesariamente que el criterio sea especialmente oneroso, ya que puede reflejar simplemente el proceso de producción que es necesario, en cualquier caso.

Todos los tratados de libre comercio buscan garantizar que no se abuse de sus disposiciones y que solo los bienes originarios de la economía socia obtengan acceso preferencial al mercado. Una de las formas de hacer esto es prohibir el transbordo. Esto significa que no es posible comprar un bien barato en una tercera economía y exportarlo al socio de libre comercio en condiciones preferenciales a través de los propios puertos.

Esta prohibición suele estar respaldada por una descripción de lo que constituye operaciones de elaboración o procesamiento insuficientes. Son operaciones que no modifican sustancialmente la naturaleza de un bien.

Ejemplos de tales operaciones son la limpieza, la dilución con agua, el reenvasado o el almacenamiento en cámaras frigoríficas. Las operaciones de montaje simples también están normalmente excluidas.

Acumulación de origen

Algunos tratados de libre comercio buscan minimizar el problema de los déficits de los umbrales al permitir la acumulación. Esto significa que el contenido de valor agregado de dos o más economías se puede combinar para formar el contenido de valor regional. Esto puede hacerse en acuerdos con tres o más miembros. Cuantos más miembros haya, mejor funcionará.

El Tratado de Libre Comercio entre Tailandia y Australia (TAFTA) tiene una variación de esto. TAFTA establece un valor de contenido regional del 55% para las mercancías comprendidas en los capítulos 50 a 64 del Sistema Armonizado (es decir, textiles, prendas de vestir y calzado). Sin embargo, los materiales no originarios producidos en países en desarrollo pueden contribuir al valor de contenido regional de dichos bienes hasta una proporción máxima permitida del 25% del valor FOB de los bienes. Usando como ejemplo de una alfombra con un valor FOB de $100, su contenido de valor regional tendría que ser de al menos $55. Si este criterio no se puede cumplir a través de materiales originarios dentro del área de libre comercio, sería posible contar hasta $25 de materiales originarios de países en desarrollo hacia el umbral. Este enfoque seguirá impidiendo el transbordo de mercancías.

Reglas de minimis y de tolerancia

Pueden surgir desacuerdos cuando un bien que incorpora algún componente importado parece ser, en la mayoría de los aspectos, un producto de un socio de libre comercio, pero con la complicación de que evidentemente no ha sufrido una transformación sustancial. Estas situaciones generalmente se abordan mediante la adopción de reglas de minimis. Estas reglas suspenden efectivamente las reglas generales por un pequeño número de excepciones.

Muchos tratados de libre comercio contienen una regla de minimis. El artículo 3.3 del TLC entre los Estados Unidos y Singapur es un ejemplo:

1. Cada Parte dispondrá que una mercancía que no experimente un cambio de clasificación arancelaria de conformidad con el Anexo 3A [las reglas de origen] es, sin embargo, una mercancía originaria si:

(a) el valor de todos los materiales no originarios utilizados en la producción del bien que no sufran el cambio requerido de clasificación arancelaria no exceda el 10 por ciento del valor ajustado del bien; y

(b) el bien cumple con todos los demás criterios aplicables establecidos en este Capítulo para calificar como mercancía originaria.

Sin embargo, el valor de dichos materiales no originarios se incluirá en el valor de los materiales no originarios para cualquier requisito de valor de contenido regional aplicable a la mercancía.

Estas reglas se denominan “reglas de tolerancia” en algunos tratados de libre comercio.

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DIARIO DEL EXPORTADOR: Los Tratados de Libre Comercio: Las Reglas de Origen
Los Tratados de Libre Comercio: Las Reglas de Origen
En este artículo hablaremos sobre el capítulo de reglas de origen en un Tratado de Libre Comercio, y aspectos que se negocian
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